Los agentes de la Guardia Civil que prestaban servicio en la localidad sevillana de Alcalá del Río percibieron a un turismo a punto de colisionar con otros vehículos aparcados en el casco urbano. Tras aproximarse, pudieron observar que una mujer tenía mermada su capacidad de conducción debido a la ingesta de bebidas alcohólicas. Ante la pérdida de verticalidad del cuerpo, su excesiva elocuencia, su actitud o la euforia que presentaba, se le instó a que se sometiera a la prueba de alcoholemia. Esta petición fue la desencadenante de los delitos por los que ha estado acusada.
Su negativa explícita a colaborar en la realización de la prueba estuvo acompañada de improperios hacia los Guardias Civiles. Sin embargo, tras conocer la consecuencia que tendría el hecho de no colaborar en la prueba de alcoholemia accedió.
El resultado que arrojó el aparato de aproximación fue de 1,91 mg/l, casi ocho veces la tasa máxima de alcohol. Al instruir el atestado fue cuando comenzó agresión física: Manoteó a uno de los agentes, le escupió y, lejos de calmarse, comenzó a lanzar patadas y golpes. Uno de ellos causó al compañero una herida tendinosa postraumática en el hombro derecho y presenta secuelas dolorosas. Requirió de tratamiento curativo por el que tuvo que estar 32 días de baja y sufre una pérdida moderada de la calidad de vida.
La indemnización inicial por atentar y lesionar a un agente de la autoridad se cifró en 120 euros. Dicha cuantía se emitió únicamente en base al parte de urgencias del compañero lesionado y el proceso se inició por diligencias urgentes, sin ofrecimiento de acciones al Guardia Civil. Por ello, el abogado de la Delegación de Sevilla de la Asociación Unificada de Guardias Civiles, José Luis Ganfornina, solicitó el incidente de nulidad de actuaciones. La autoridad judicial lo estimó y se inició otro proceso cuya sentencia ha permitido que no sea tan barato atentar y causar lesiones a un agente. De los 120 euros iniciales, la indemnización ha ascendido hasta los 3.000 euros. Es una sentencia firme del Juzgado de lo Penal número 2 de Sevilla, ya que la acusada y su defensa han expresado su deseo de no recurrir. Además de los 3.000 euros, la atacante tendrá que asumir las costas del juicio, cumplir seis meses de prisión y ha sido inhabilitada para el ejercicio del sufragio pasivo durante el mismo tiempo. En todo ello se recoge el agravante de reincidencia de la mujer.
Es un importante éxito de los servicios jurídicos de AUGC Sevilla y destacamos el papel de nuestro equipo jurídico al solicitar la nulidad de las actuaciones. Sin esta estrategia no habría sido posible una indemnización más elevada ni tampoco habría unas consecuencias más justas por la gravedad de cometer un delito de atentado y lesiones contra la Guardia Civil.
Desde AUGC Sevilla queremos poner en valor este tipo de servicios que presta la asociación a sus afiliados, ya que no sólo contribuyen a la defensa de los derechos de los Guardias Civiles, sino que como en este caso y en otros muchos, se reclaman las cantidades que consideran justas de acuerdo con las lesiones causadas a los compañeros en acto de servicio. La defensa de los Guardias Civiles de AUGC está garantizada en un sinfín de cuestiones relacionadas con la vida profesional.