AUGC Ávila logra que se anule una sanción represora contra uno de sus representantes

En este caso, la víctima de estas represalias ha sido el Secretario General Federal de Castilla y León, Egelmar de Francisco.

Actualidad

Comandancia de Ávila.

AUGC lleva meses denunciando la persecución que sufren sus representantes por parte de la Dirección General de la Guardia Civil y este caso lo demuestra a la perfección ya que el expediente se ha instruido y terminado con el único objetivo de sancionar a nuestro compañero.

En este caso, la víctima de estas represalias ha sido el Secretario General Federal de Castilla y León, Egelmar de Francisco. Sin embargo, una vez más, el trabajo de los servicios jurídicos de AUGC ha logrado corregir un abuso contra uno de sus representantes.

Y es que El Tribunal Militar Central ha emitido una sentencia por la que estima el recurso contencioso disciplinario militar ordinario interpuesto por nuestro compañero contra la resolución del Coronel Jefe Accidental de la Zona de Castilla y León de 22 de abril de 2019, por la que se le impuso una sanción de pérdida de cinco días de haberes con suspensión de funciones como autor de una falta grave  de “cualquier petición o manifestación basada en aseveraciones falsas”, prevista en el apartado 21 del artículo 8 de la LORDGC; y contra la del Excmo. Sr. Director General de la Guardia Civil de 31 de julio de 2019, dictada de conformidad con el informe del asesor jurídico del anterior día 12 de julio, que la confirmó en alzada.

Ahora el Tribunal ha anulado ambas resoluciones por ser contrarias al principio de legalidad en su vertiente de tipicidad. Ya que las aseveraciones supuestamente falsas por las que se inició el expediente no lo eran y así, la sentencia declara que “No faltó, en definitiva, a la verdad el actor en su carta, por lo que mal puede haber cometido la falta grave de “cualquier petición o manifestación basada en aseveraciones falsas”, del artículo 8.21 de la LORDGC, por la que fue sancionado.”

Por eso impone la anulación de las resoluciones recurridas por no ser los hechos constitutivos de falta disciplinaria”.

Los hechos juzgados tuvieron su origen cuando tras comenzarse unas obras de desmantelamiento de un techado que hacía las veces de garajes para los guardias civiles que residen en los pabellones de la Comandancia de Avila y observarse ciertas irregularidades en las mismas, las obras quedaron paralizadas varias semanas.

Como en anteriores reuniones con la Jefatura de Zona, se nos había indicado que cuando existiesen cuestiones de entidad en lugar de usar los medios de comunicación acudiésemos a la Jefatura de Zona desde la Federación de Castilla y León, así lo hicimos. Remitiendo una carta firmada por el Secretario General Federal. Carta que la Jefatura de Zona no acogió e investigó, sino que derivó a la jefatura de la Comandancia de Avila, la cual emitió por un lado una contestación genérica (que no aclaraba nada) al firmante y por otro un parte disciplinario sustentado en una literalidad extrema y  descontestualizada de las palabras que se contenían en apenas un par de renglones.

Durante la instrucción del correspondiente expediente, no se tuvieron en cuenta las alegaciones presentadas ni se admitieron ciertos medios de prueba propuestos por el expedientado. Pruebas que sí ha admitido el TMC y que ha desembocado en la anulación de la falta grave, por inexistencia de la misma. 

También en la sentencia se dejan acreditados ciertos hechos que confirman que las irregularidades que se observaron en la ejecución de las obras son ciertas. Irregularidades sobre las que ya se encuentran trabajando los servicios jurídicos de AUGC de cara a pedir la depuración de las responsabilidades a que hubiera lugar si procedieran.

Una vez más, queda evidenciado el afán represor de la Dirección General y de algunos altos mandos de la Guardia Civil contra AUGC. Manteniendo intencionada y artificialmente, como en este caso, sobre los representantes asociativos la dureza de un régimen disciplinario que moldean en pos de sus intereses, así como la firmeza y profesionalidad de los servicios jurídicos de nuestra asociación.

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