Ante la gravedad del aviso, se trasladan al lugar dos patrullas de la Guardia Civil, a los que les abre la puerta de la vivienda la madre de estos varones, y una vez dentro observan a un varón (uno de los ahora condenados), está inconsciente en el suelo sangrando por un oído, con enseres y muebles tirados por el piso, una mujer gritando dentro de una habitación y otro varón bastante corpulento (el otro hermano) en un estado de alteración y nerviosismo muy elevado y que fue a más al ver a los Agentes.
Cuando los agentes intentan tranquilizarlo para proceder a su detención, este comienza a agredirlos y a forcejear con ellos para evitar que logren engrilletarlo, siendo necesario para conseguir inmovilizarlo el uso de dos grilletes debido a que por su fisionomía no se le juntaban las manos en la espalda.
Mientras los agentes procedían a la detención y esperaban a la llegada de la ambulancia para atender al otro varón que estaba tirado en el suelo, este recuperó la consciencia y al ver que los agentes estaban engrilletando a su hermano, comenzó a agredir a los agentes intervinientes, para evitar la detención, motivo este, por el que también se procedió a su engrilletamiento y a la lectura de los derechos constitucionales que le asistían por un delito de atentado a Agente de la Autoridad.
Los Agentes, bajo la dirección letrada de los servicios jurídicos de AUGC, ejercieron la acusación particular contra estos dos varones por las lesiones que sufrieron durante el servicio, y que consistieron en varios esguinces de muñecas y rodillas, lesiones lumbares, hematomas y contusiones varias, por lo que se les condena a indemnizar a los agentes con un total de 3.745 euros por las lesiones sufridas.
Los hermanos también han sido condenados cada uno, en una sentencia de conformidad, a 6 meses de cárcel por el delito de Atentado a Agente de la Autoridad y a multa de 1 mes a razón de 6 euros día, por cada delito de lesiones leves (720 euros de multa en total), así como al abono de las correspondientes costas judiciales.