“Déjà Vu” en la Guardia Civil con la regulación de los IPECGUCI

Se nos presenta un texto a las asociaciones profesionales para que valoremos, mientras la DGGC nos esconden el verdadero alcance que podría tener para los guardias civiles

Actualidad

Grupo de Trabajo IPECGUCI

El 19 de junio se celebró el segundo grupo de trabajo sobre el IPECGUCI, una norma que afecta a todo el personal de la Guardia Civil al tener importantes consecuencias en materia de destinos, ascensos, permanencia en la Guardia Civil y, con el nuevo texto, incluso retributivos.

Tras el primer grupo de trabajo, al que acudimos sin ningún texto, se nos trasladó el proyecto al cual le faltaba el preámbulo/exposición y alguna de las disposiciones.

Consideramos el preámbulo parte fundamental que debe acompañar a la norma en todo momento para poder posicionarnos en el contenido de los artículos. La Dirección General de la Guardia Civil ha demostrado en más de una ocasión coger lo peor de cada norma y olvidarse de las partes que regulan derechos y, por ello, necesitamos contar con un preámbulo que diga de donde venimos, a dónde vamos y de qué modo y, de esa forma, no dar por buenos artículos que, sin un contexto no tienen importancia, pero con ese contexto, se queda corta su regulación.

Sin embargo, no sólo seguimos sin ese preámbulo, sino que la administración indica que, con entregarlo para la comisión normativa, lo entregan a tiempo, por lo que, hemos advertido que en tal caso no presentaremos alegaciones hasta la comisión de normativa o pleno del Consejo. La Dirección General de la Guardia Civil pretende encorsetar nuestra participación entregándonos textos sin terminar para anunciar exteriormente que hemos participado en la elaboración de la norma cuando no resulta ser cierto, hemos participado en aquello que a ellos les ha interesado y sin contar con todos los datos necesarios.

En cuanto al contenido del proyecto en sí, una vez más juegan con ventaja y en perjuicio de las asociaciones y el personal al que representan que serán los afectados por este proyecto. A la falta de preámbulo se suman líneas rojas que no están dispuestos a considerar (recusación, recurso del IPECGUCI) y para un gran número de dudas y preocupaciones que nos surgen, nos remiten a una futura regulación de una Orden General a la que ni tenemos, ni se nos dará acceso antes de aprobar este proyecto. (Primero vota esto y después te damos la sorpresa)

AUGC ya se quejó en el anterior grupo de trabajo y en este último grupo nuevamente. No podemos contar con la información por fascículos. Esta Orden Ministerial, y con ello, nuestras alegaciones y nuestro voto, está condicionado por una Orden General, no pueden pedirnos que votemos a esto y después, como suele ocurrir, aprovechar lo votado para decir que la Orden General se tiene que regular así porque lo dice la Orden Ministerial, pero para regular derechos decirnos que no porque no lo contempla la citada orden. O lo que sería peor y también se hace, realizar un desarrollo de aquello que les interesa mientras no se desarrollan otros artículos con derechos buscando diversas excusas (complejidad, económico, etc…)

Desde luego, la administración se opone a tramitar las 2 normas al mismo tiempo y nos devuelve a los tiempos de 2014 donde el General Ulla pretendía tranquilizarnos con el proyecto que actualmente regula el IPECUCI diciendo que tanto daba porque no afectaba para ascensos ni destinos (de aquellas era así), argumento que compraron algunas asociaciones y que, en cuanto la norma se publicó supuso un antes y un después al modificarse totalmente el alcance del IPECGUCI y siendo totalmente determinante.

En este caso quieren hacer lo mismo. No muestran la Orden General porque no gustarán los efectos del proyecto actual sobre esa nueva norma y por eso quieren que nos pronunciemos primero sobre esta.

De momento, vamos conociendo algunos de los efectos de la norma que no sólo no mejoran lo actual, sino que lo empeoran, entre otros:

-  Los IPECGUCI serán anuales para todos y con 3 meses serán suficientes para considerar a una persona evaluable. Podría incluso coincidir que de esos tres meses te encuentres mes y medio de vacaciones, pero tu jefe tendrá capacidad para evaluar y decidir sobre tu futuro (ascensos, destinos, etc…). A esto han dicho que le darían una vuelta para incluir algunos permisos. Veremos como queda en el próximo borrador que nos presenten.

-     NO serán recurribles al no ser un acto administrativo (más restrictivo que lo actual). 

-   Los IPECGUCI serán por años completos (no en la fecha de nacimiento como hasta ahora). Si hasta ahora con los IPECGUCI repartidos durante 12 meses no se leen nuestras alegaciones ¿Se las van a leer cuando les lleguen todas juntas? ¿De qué sirven unas alegaciones que no tienen que contestar porque no es un recurso? Nos toman el pelo.

-    El calificador no tendrá que abstenerse y tú no podrás recusarlo. Pretenden incluir algunos aspectos a “tener en cuenta” pero no estamos ante un derecho de recusación y, lo que es más importante, una obligación de abstenerse. AUGC les ha puesto un ejemplo muy claro, calificador que tiene un hijo que tiene que pedir vacantes de tráfico porque ha terminado el curso recientemente, ¿Está legitimado para evaluar a un subordinado suyo que tiene que pedir destino con su hijo? Si le pone buena nota, puede quitar la plaza a su hijo, si se la pone mala, genera desconfianza (con razón) de si se ha valido de su situación para quitarse del medio a un competidor de su hijo.

-    Los IPECGUCI serán distintos según la escala o empleo (lo contempla la ley), pero ahora también podrán ser distintos según el destino/especialidad. Ya hemos informado en su momento que nos parece una locura. No pueden evaluar cosas distintas a personas que terminarán peticionando una misma vacante. ¿De qué sirve valorar la capacidad de un guardia de PJ si esa valoración puntúa para una vacante que pida en Seguridad Ciudadana el día de mañana?

-    La famosa mejora que tanto gustó a la gente de la evaluación 360 (que los subordinados evaluarán) ya se ha caído (algo que ya esperábamos desde que vimos el borrador). Es inviable e imposible que el calificador se pueda leer 100 o 200 comentarios del personal de menor o igual empleo (no se pueden leer las 10 o 20 alegaciones que le entran en un mes, como para leer todo eso). En el grupo de trabajo de hoy, ya han matizado que el subordinado no evaluará, dará su opinión que puede ser tenida en cuenta, y que se tendrá que decidir en qué casos se realizará, aclarando que NO está previsto que todo el personal valore a sus superiores, sino algunos casos concretos.

-     Aunque en el proyecto que se nos entregó no contempla la entrevista, van a valorar cómo incluirla.

-     Finalmente, y como anécdota, además de que se nos remite en muchos asuntos a la futura Orden General, también se nos remite a un futuro programa informático. Todos sabemos lo que pasa con el programa informático que cuenta los DAS (Más de 2 años sin solución y los agentes perjudicados sin solución a corto plazo), por no olvidar un famoso programa informático que salía en todas las conversaciones de la Comisión de RRLL y que, hoy en día, ni está ni se le espera.

AUGC no puede jugar con los derechos de los evaluados dada la gravedad de los efectos que produce el IPECGUCI y, por ello, no estamos dispuestos a valorar futuros inciertos y buenas intenciones que tenga quien preside el grupo de trabajo dado que esas decisiones no dependen de él. El ejemplo más claro lo tenemos con el teletrabajo que, tras pasar la norma por el Consejo, nuestro director se ha negado a firmar ¿Qué pasará con una norma que ni nos han enseñado, ni nos quieren enseñar mientras no votemos ésta?

Cuando nos remitan el nuevo texto valoraremos el realizar nuestras alegaciones, pero, como ya adelantamos, si carecemos del preámbulo esperaremos a contar con él, y que sea el Consejo de Estado quien valore si esto realmente es una participación de los representantes de los trabajadores. Mientras seguimos recopilando derechos que tienen los trabajadores (incluidos los europeos) en su regulación y que en nuestro proyecto se omiten.