Dos capitanes de la Guardia Civil de Huelva, han sido llamados a declarar, el próximo día 10 de marzo a las 10,00 horas por el Juzgado de Instrucción Número 4 de Ayamonte por un presunto delito contra la integridad moral.
Esta comparecencia es consecuencia de la denuncia interpuesta por un guardia civil del Puesto de Isla Cristina en dicho juzgado, por hechos acontecidos durante los años 2013 y 2014.
El guardia civil denunciaba haber sido detenido por un presunto delito de estafa en grado de ten-tativa. El hecho de que se tratase de una circunstancia tan poco habitual –una estafa en grado de tentativa- le llevó a pedir explicaciones por su detención a uno de los oficiales ahora imputado, manifestándole así mismo su extrañeza ante la exageración de la medida, toda vez que el agente vive y tiene domicilio en Isla Cristina, no existiendo ningún tipo de riesgo de fuga ni destrucción de pruebas. Ante su requerimiento, el oficial le manifestó que la detención era una orden directa del juzgado.
Una vez puesto a disposición del Juzgado Número 2 de Ayamonte, y concluida su declaración, el guardia civil preguntó al juez, en presencia del oficial antes mencionado, si él había ordenado su detención, a lo que el magistrado contestó que él no había ordenado ningún tipo de detención.
Ese mismo día tras prestar declaración, fue puesto en libertad por el juez.
Tras este suceso, el Capitán del Grupo donde se encontraba destinado el agente, en lugar de dar alguna explicación alguna por lo ocurrido, le ordenó al guardia civil que se presentase ante el otro Capitán, ahora también imputado.
Este Capitán le entregó una notificación donde le relevaba de sus funciones habituales, retirándo-le las llaves del vehículo en el que se había trasladado al cuartel de Ayamonte, dejándole sin me-dios para volver a su domicilio en Isla Cristina.
A este guardia civil, además de esta detención e imputación, se le apartó de sus funciones duran-te tres meses, abriéndosele expediente disciplinario por dicho motivo.
Posteriormente, en mayo del 2013, el delito del que se le acusaba fue archivado, sin tan siquiera haber lugar a vista oral. No obstante, durante el procedimiento uno de los oficiales todavía amplió las diligencias a otros dos delitos, por falsedad en documento oficial y usurpación de personali-dad, que ni siquiera fueron tenidos en cuenta por el juzgado, debido a la inconsistencia de lo que allí se exponía.
Una vez reincorporado a su destino, después de sufrir todas estas humillaciones, el guardia civil fue expulsado de su puesto de trabajo en el área de investigación del puesto de Isla Cristina, se-gún manifestaciones de su jefe directo, por órdenes “de arriba”.
Otra de las órdenes “de arriba” que se recibió fue, que como estaba cesado en sus funciones no podía entrar en el Acuartelamiento.
Una vez archivado todo el procedimiento, y pudiendo ya examinar todo su contenido, este guar-dia civil descubrió que el asunto había tenido su origen en el envío de un anónimo que contenía tal cantidad de datos del guardia, de sus servicios, de vehículos, etcétera, que forzosamente debía de proceder de algún guardia civil o del propio Oficial Jefe de la Compañía de Ayamonte, que aprovechó la llegada de dicho anónimo para dar inicio a las diligencias, pese a que éste no figura en dichas diligencias en ningún momento. De esta manera se inició un procedimiento dirigido a expedientar, humillar y perjudicar a este guardia civil y a otros guardias del grupo de investiga-ción de Isla Cristina, con el deseo de “expulsarlos de dicho puesto”.
Así, en la propia nota informativa que redacta este Oficial, y que procede del “anonimo invisi-ble”, habla de cuestiones que son manifiestamente falsas a sabiendas que lo son, porque detallaba conversaciones con guardias civiles que posteriormente no fueron ratificadas por dichos guardias.
Posteriormente, el Oficial Jefe del Grupo de Información volvió a la carga y de la Nota Informa-tiva que elaboró el Capitán de Ayamonte elevó un parte disciplinario que se convirtió en un nue-vo expediente, expediente que se le abrió solo a él. De este modo, existe una imputación de ocho guardias civiles del Puesto de Isla Cristina, pero solo existe un expediente disciplinario, el del guardia civil denunciante. La normativa de la Guardia Civil en este caso es clara al respecto, guardia civil imputado por delito, expediente disciplinario abierto y paralizado hasta la resolución del procedimiento judicial. Cuando se le preguntó al Capitán por qué no había abierto expediente a todos los demás, manifestó que no lo había hecho “porque no lo considero conveniente.”
Para causar aún más perjuicio a este guardia civil, el expediente disciplinario fue remitido por correo electrónico desde la Compañía de Ayamonte al mando de uno de los Oficiales, al puesto de Isla Cristina, con un evidente deseo perjudicar al agente, ya que estos expedientes son confi-denciales. Al filtrarse de ese modo, el expediente fue conocido por los guardias civiles de la Uni-dad.
Finalmente, esas diligencias de imputación auspiciadas por dicho oficial fueron también archiva-das, y por ende todos los procedimientos penales y disciplinarios que podrían acarrear.
Pero el daño ya estaba hecho, con una imputación injusta, con un tratamiento degradante, con dos expedientes disciplinarios, con un cese en funciones y con la prohibición de entrada en el Cuartel. Todo esto fue más que suficiente para disolver el área de investigación del Puesto de Isla Cristina, que contaba con felicitaciones por su trabajo y para dejar a un guardia civil sin poder prestar servicio por motivos médicos.
Estos oficiales, con sus acciones, produjeron unos perjuicios profesionales y personales al guardia civil que son de difícil reparación, causaron un daño innecesario a su familia, a su honorabilidad y a su salud, ya que todavía se encuentra dado de baja para el servicio, como consecuencia de todas estas acciones irresponsables.
Un guardia civil con una trayectoria profesional intachable, sin ningún tipo de falta, con varias felicitaciones, ha sufrido un daño irreparable y a una enfermedad por la forma de actuar de dos oficiales, con el apoyo de todas las instancias “militares”, como el anterior Jefe de la Comandan-cia, que apoyaron estas acciones o que miraron para otro lado.
Antes de presentar la denuncia por todos los hechos aquí mencionados, el guardia civil quiso poner los hechos en conocimiento del General de la Zona, presentando una solicitud de audiencia, que fue denegada. Así mismo, lo intentó nuevamente con una carta personal, que ni siquiera fue contestada por el General. No quedaba otra solución que recurrir al Juzgado, después de que to-dos los escalones militares se desentendieran del asunto.
Todos estos hechos fueron puestos en conocimiento del Juzgado de Instrucción Núm. 4 de Aya-monte, que a pesar de que la denuncia contaba con todo tipo de pruebas documentales archivó el procedimiento, por lo que dicho Guardia Civil, apoyado por los servicios jurídicos de AUGC, recurrió a la Audiencia Provincial, que dictó auto para continuar con las diligencias previas, en este caso por un presunto delito contra la integridad moral.
Esta comparecencia es consecuencia de la denuncia interpuesta por un guardia civil del Puesto de Isla Cristina en dicho juzgado, por hechos acontecidos durante los años 2013 y 2014.
El guardia civil denunciaba haber sido detenido por un presunto delito de estafa en grado de ten-tativa. El hecho de que se tratase de una circunstancia tan poco habitual –una estafa en grado de tentativa- le llevó a pedir explicaciones por su detención a uno de los oficiales ahora imputado, manifestándole así mismo su extrañeza ante la exageración de la medida, toda vez que el agente vive y tiene domicilio en Isla Cristina, no existiendo ningún tipo de riesgo de fuga ni destrucción de pruebas. Ante su requerimiento, el oficial le manifestó que la detención era una orden directa del juzgado.
Una vez puesto a disposición del Juzgado Número 2 de Ayamonte, y concluida su declaración, el guardia civil preguntó al juez, en presencia del oficial antes mencionado, si él había ordenado su detención, a lo que el magistrado contestó que él no había ordenado ningún tipo de detención.
Ese mismo día tras prestar declaración, fue puesto en libertad por el juez.
Tras este suceso, el Capitán del Grupo donde se encontraba destinado el agente, en lugar de dar alguna explicación alguna por lo ocurrido, le ordenó al guardia civil que se presentase ante el otro Capitán, ahora también imputado.
Este Capitán le entregó una notificación donde le relevaba de sus funciones habituales, retirándo-le las llaves del vehículo en el que se había trasladado al cuartel de Ayamonte, dejándole sin me-dios para volver a su domicilio en Isla Cristina.
A este guardia civil, además de esta detención e imputación, se le apartó de sus funciones duran-te tres meses, abriéndosele expediente disciplinario por dicho motivo.
Posteriormente, en mayo del 2013, el delito del que se le acusaba fue archivado, sin tan siquiera haber lugar a vista oral. No obstante, durante el procedimiento uno de los oficiales todavía amplió las diligencias a otros dos delitos, por falsedad en documento oficial y usurpación de personali-dad, que ni siquiera fueron tenidos en cuenta por el juzgado, debido a la inconsistencia de lo que allí se exponía.
Una vez reincorporado a su destino, después de sufrir todas estas humillaciones, el guardia civil fue expulsado de su puesto de trabajo en el área de investigación del puesto de Isla Cristina, se-gún manifestaciones de su jefe directo, por órdenes “de arriba”.
Otra de las órdenes “de arriba” que se recibió fue, que como estaba cesado en sus funciones no podía entrar en el Acuartelamiento.
Una vez archivado todo el procedimiento, y pudiendo ya examinar todo su contenido, este guar-dia civil descubrió que el asunto había tenido su origen en el envío de un anónimo que contenía tal cantidad de datos del guardia, de sus servicios, de vehículos, etcétera, que forzosamente debía de proceder de algún guardia civil o del propio Oficial Jefe de la Compañía de Ayamonte, que aprovechó la llegada de dicho anónimo para dar inicio a las diligencias, pese a que éste no figura en dichas diligencias en ningún momento. De esta manera se inició un procedimiento dirigido a expedientar, humillar y perjudicar a este guardia civil y a otros guardias del grupo de investiga-ción de Isla Cristina, con el deseo de “expulsarlos de dicho puesto”.
Así, en la propia nota informativa que redacta este Oficial, y que procede del “anonimo invisi-ble”, habla de cuestiones que son manifiestamente falsas a sabiendas que lo son, porque detallaba conversaciones con guardias civiles que posteriormente no fueron ratificadas por dichos guardias.
Posteriormente, el Oficial Jefe del Grupo de Información volvió a la carga y de la Nota Informa-tiva que elaboró el Capitán de Ayamonte elevó un parte disciplinario que se convirtió en un nue-vo expediente, expediente que se le abrió solo a él. De este modo, existe una imputación de ocho guardias civiles del Puesto de Isla Cristina, pero solo existe un expediente disciplinario, el del guardia civil denunciante. La normativa de la Guardia Civil en este caso es clara al respecto, guardia civil imputado por delito, expediente disciplinario abierto y paralizado hasta la resolución del procedimiento judicial. Cuando se le preguntó al Capitán por qué no había abierto expediente a todos los demás, manifestó que no lo había hecho “porque no lo considero conveniente.”
Para causar aún más perjuicio a este guardia civil, el expediente disciplinario fue remitido por correo electrónico desde la Compañía de Ayamonte al mando de uno de los Oficiales, al puesto de Isla Cristina, con un evidente deseo perjudicar al agente, ya que estos expedientes son confi-denciales. Al filtrarse de ese modo, el expediente fue conocido por los guardias civiles de la Uni-dad.
Finalmente, esas diligencias de imputación auspiciadas por dicho oficial fueron también archiva-das, y por ende todos los procedimientos penales y disciplinarios que podrían acarrear.
Pero el daño ya estaba hecho, con una imputación injusta, con un tratamiento degradante, con dos expedientes disciplinarios, con un cese en funciones y con la prohibición de entrada en el Cuartel. Todo esto fue más que suficiente para disolver el área de investigación del Puesto de Isla Cristina, que contaba con felicitaciones por su trabajo y para dejar a un guardia civil sin poder prestar servicio por motivos médicos.
Estos oficiales, con sus acciones, produjeron unos perjuicios profesionales y personales al guardia civil que son de difícil reparación, causaron un daño innecesario a su familia, a su honorabilidad y a su salud, ya que todavía se encuentra dado de baja para el servicio, como consecuencia de todas estas acciones irresponsables.
Un guardia civil con una trayectoria profesional intachable, sin ningún tipo de falta, con varias felicitaciones, ha sufrido un daño irreparable y a una enfermedad por la forma de actuar de dos oficiales, con el apoyo de todas las instancias “militares”, como el anterior Jefe de la Comandan-cia, que apoyaron estas acciones o que miraron para otro lado.
Antes de presentar la denuncia por todos los hechos aquí mencionados, el guardia civil quiso poner los hechos en conocimiento del General de la Zona, presentando una solicitud de audiencia, que fue denegada. Así mismo, lo intentó nuevamente con una carta personal, que ni siquiera fue contestada por el General. No quedaba otra solución que recurrir al Juzgado, después de que to-dos los escalones militares se desentendieran del asunto.
Todos estos hechos fueron puestos en conocimiento del Juzgado de Instrucción Núm. 4 de Aya-monte, que a pesar de que la denuncia contaba con todo tipo de pruebas documentales archivó el procedimiento, por lo que dicho Guardia Civil, apoyado por los servicios jurídicos de AUGC, recurrió a la Audiencia Provincial, que dictó auto para continuar con las diligencias previas, en este caso por un presunto delito contra la integridad moral.