El Supremo anula una sanción impuesta a un guardia civil de Ayamonte al considerar que se vulneró la presunción de inocencia

El Tribunal Supremo anula una sanción impuesta a un guardia civil de Ayamonte al considerar que se vulneró la presunción de inocencia

Huesca

mapa ayamonte

La Sala V del Tribunal Supremo ha anulado una sanción impuesta a un guardia civil de Ayamonte (Huelva) al considerar que en ésta se había vulnerado la presunción de inocencia del agente.

Los hechos se remontan al 23 de abril de 2013, cuando el capitán jefe de la Compañía de la Guardia Civil de Ayamonte emitió parte disciplinario al General Jefe de la Zona de la Guardia Civil de Andalucía respecto a cierta conducta de un guardia civil de Ayamonte, por considerarla  constitutiva de falta grave.

Toda la acusación se basaba en las declaraciones de este capitán y en una información reservada en la que también declaraba este oficial. Con estas declaraciones, sin ninguna otra prueba, se le impuso una sanción al agente, que fue recurrida por los Servicios Jurídicos de la delegación en Huelva de la Asociación Unificada de Guardias Civiles (AUGC) ante la Dirección General, el Tribunal Militar Central y ahora al Tribunal Supremo. La base de los recursos era siempre la misma: con la sola declaración del oficial, sin ninguna otra prueba pericial o testifical, no podía sancionarse a dicho guardia civil.

Anteriormente a este parte disciplinario, este oficial intentó una imputación judicial, por lo que se instruyeron diligencias que fueron remitidas al juzgado Núm. 3 de Ayamonte, que las archivó en marzo de 2013 al considerar que no había pruebas de los hechos que se denunciaban.

No obstante, y a pesar de que el juzgado la archiva, la maquinaria disciplinaria de la guardia civil se pone en marcha, el capitán da parte y todos (Instructor del expediente, General de la Zona, Director General y Tribunal Militar Central) dan la razón al capitán, de manera que bastó con su palabra para acreditar los hechos. Así, lo que no pudo sostener este oficial en el Juzgado Civil, lo sostuvo el sistema militar. Esto denota el grado de corporativismo que existe en la justicia militar, implantada por militares y juzgada por militares, donde la palabra de un oficial es suficiente para sancionar a un guardia civil por un hecho tan grave como una conducta contraria a la dignidad de la Guardia Civil.

Siguiendo con la política de recurrir hasta las últimas instancias, los servicios jurídicos de AUGC Huelva llevan el caso al Tribunal Supremo, que entre otras cuestiones dicta sentencia en la que señala:

 

“….en este caso, resulta evidente la debilidad demostrativa del testigo de referencia para sustentar, por sí solo, un pronunciamiento de condena, por la misma naturaleza de la fuente de su conocimiento, que es indirecta o mediata respecto al hecho delictivo; y, siempre, condicionada en cuanto su credibilidad depende de la que mereciera el testigo directo. Es evidente que el hecho nuclear ha devenido improbado y, en consecuencia, la conclusión obtenida por el Tribunal de instancia, valorando dichos testimonios, resulta inconsistente a los efectos sancionadores impugnados en el presente recurso. Debe, por tanto, ser estimado el primer motivo de recurso al haber sido vulnerada la presunción de inocencia con la interpretación, que el Tribunal efectúa, de los elementos probatorios en los que sustenta la imputación. Conclusión que impone la estimación del recurso”.

 

Es necesario recordar que este oficial ha abierto numerosos expedientes disciplinarios desde que está destinado en Ayamonte, habiendo quedado anulados muchos de ellos. El mismo capitán está imputado por delitos contra la integridad moral, denunciado por dos guardias civiles, y su forma de ejercer el mando ha sido denunciada por AUGC Huelva a los Servicios de Inspección del Ministerio del Interior.

Este capitán, que además realizó el Curso de Comandante estando incluso imputado por dos delitos, ascenderá a comandante y seguirá con su carrera militar pese a todas las denuncias que se han presentado contra él. Así es el sistema, y aunque estemos en el año 2015 para la justicia militar la palabra de un oficial es suficiente para sancionar y perjudicar en su carrera a un guardia civil. Un guardia civil que en todo este proceso no ha podido ascender ni ha podido realizar ningún tipo de curso.

Con la sentencia del Supremo, nuevamente una actuación incorrecta por parte de un mando de la Guardia Civil, en este caso el capitán de Ayamonte, será pagada con los impuestos de todos los ciudadanos. Si la responsabilidad recayera en los que han tomado las decisiones erróneas en casos tan claro como este, serían ellos los que deberían pagar las indemnizaciones previstas.

Ésta es una prueba más de un sistema caduco y trasnochado, impropio del siglo XXI, donde los valores, se acreditan por las estrellas y galones y no por un sistema judicial justo e independiente