EL JUZGADO DE SAN JAVIER SENTENCIA A FAVOR DE LA ASOCIACION UNIFICADA DE GUARDIAS CIVILES.

Murcia

img_comunicado_2804.jpg

El Juzgado de Instrucción núm. DOS de San Javier en sentencia núm. 95/2015 ha sentenciado a favor de la Asociación Unificada de Guardias Civiles en Juicio de Faltas 196/2015 que se seguían contra el Secretario General y el Vocal de San Javier por presuntas injurias.

Los hechos se retrotraen al mes de noviembre donde la AUGC observa incumplimiento la normativa laboral e irregularidades en la jornada laboral de los guardias civiles del Área de Prevención de San Javier y remite una carta al Capitán de Torre Pacheco para que investigue y regularice la situación laboral. Dicha carta se exhibe en el tablón de anuncios de San Javier para comunicaciones de las asociaciones profesionales de guardias civiles, para conocimiento de todos ellos.

Con fecha 30 de diciembre el Sargento del Área de Prevención de San Javier interpone denuncia contra el Secretario General de AUGC y contra el vocal de San Javier por los presuntos delitos de “revelación de secreto” y “delito de injurias a funcionario público”

Finalmente el 26 de junio se celebra juicio oral por presunta falta de injurias, donde además del sargento denunciante y los dos guardias civiles denunciados, asistieron como testigos un total de 1 alférez, 2 cabos y 6 guardias civiles todos ellos del Puesto Principal de San Javier.

SENTENCIA CONTUNDENTE Y ESCLARECEDORA.-

En primer lugar la jueza desecho los presuntos delitos de “revelación de secreto” y “delito de injurias a funcionario público” y solamente celebro juicio por una presunta falta de injurias. En la sentencia se absuelve a los guardias civiles, a la sazón representantes de AUGC, por no observarse la comisión de ilícito alguna, dando la razón a su defensa. En la sentencia se analizan dos cuestiones básicas.

-      La primera, que el lugar donde se colgó la carta enviada al capitán con la queja sobre el incumplimiento de la normativa laboral es el lugar adecuado para ello, como así lo recoge la Ley de Derechos y Deberes de los Guardias Civiles.

-      La segunda, que la queja en ningún momento supone injuria alguna, toda vez que se trata de una queja del ámbito laboral y que además resulto ser cierta y veraz, ya que prácticamente la totalidad de los testigos ratificaron que se incumplía la normativa laboral y que además gracias a la queja la situación se ha normalizado en el Área de Prevención del Puesto Principal de San Javier.

AUGC centro su defensa con el argumento de con esta denuncia lo que se ha pretendido ha sido entorpecer el derecho de asociación profesional a denunciar irregularidades y a dar publicidad a las mismas, lo cual ha sido ratificado con la citada sentencia, ya que reconoce este derecho siempre que no se traspasen las líneas del insulto, la falsedad o la calumnia.

AUGC CON ESTA SENTENCIA HA CONSEGUIDO UN NUEVO ÉXITO EN LA DEFENSA DE LOS DERECHOS DE LOS GUARDIAS CIVILES.

JUNTA DIRECTIVA AUGC MURCIA