El TSJ de Murcia reconoce a un guardia civil del centro penitenciario el derecho a percibir el Complemento Específico de Seguridad Ciudadana

El TSJ de Murcia reconoce a un guardia civil del centro penitenciario el derecho a percibir el Complemento Específico de Seguridad Ciudadana

Murcia

Centro Penitenciario Murcia II

Nueva victoria de los servicios jurídicos de AUGC. La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Murcia ha dado la razón a un guardia civil afiliado a AUGC que trabaja en el centro penitenciario Murcia II, en Campos del Río, que solicitó por la vía legal que se le reconociese el derecho a percibir el Complemento Específico Singular (CES) de Seguridad Ciudadana, que ya cobran otros agentes del cuerpo dedicados a funciones profesionales similares.

La sentencia marca un precedente y ha originado un aluvión de acciones judiciales de guardias civiles en la misma situación que también quieren ingresar el complemento salarial, que supone unos 850 euros anuales más. Ya se han registrado ya en el TSJ un total de 56 demandas más (la plantilla del centro penitenciario Murcia II es de 60 personas) por parte de efectivos que se ocupan de la vigilancia de centros de este tipo en la principal cárcel de Murcia, donde van los presos con sentencia.

Asimismo, la sentencia del tribunal presidido por la magistrada Consuelo Uris ha reconocido el derecho de este guardia civil de la prisión de Campos del Río a percibir una indemnización con carácter retroactivo por los cuatro años que ha pasado sin contar con el Complemento Específico de Seguridad al que, según la Justicia, tenía derecho. Esto supone que podría recibir entre 2.000 y 3.000 euros. El resto de agentes de Campos del Río que han demandado tendrían un precedente muy cercano para solicitar lo mismo a la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJ.

Contra el fallo judicial, que condena también a la Administración estatal (Dirección General de la Guardia Civil) cabe todavía un recurso de casación ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo. La sentencia se basa en otro caso que tuvo lugar en la Región en el que se le dio la razón a un recurrente que prestaba servicio en vigilancia aeroportuaria, al considerar que realizaba «tareas de prevención, mantenimiento, y restablecimiento de la seguridad ciudadana» y que, por tanto, tenía derecho a percibir el CES según los criterios marcados por la Dirección General de la Guardia Civil.

La novedad en la sentencia de la Región radica en que por primera vez se reconoce este derecho a percibir el complemento específico en un centro penitenciario con más de 60 profesionales destinados. Además, los Tribunales Superiores de Justicia de otras provincias han desestimado procesos judiciales parecidos, siendo posiblemente la de Murcia la única comandancia que ha conseguido una sentencia similar por parte de la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJ

Desde la Asociación Unificada de la Guardia Civil damos dan la enhorabuena a la letrada de la asociaciónen Murcia y nos felicitamos porque en términos económicos, nuestros compañeros del centro penitenciario de Campos del Río pasarán a percibir unos 850 euros más anuales y, según cada caso, una indemnización con carácter retroactivo de los últimos cuatro años, que puede ascender a entre 2.000 y 3.000 euros por cada demandante.

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