El Defensor del Pueblo tramitó en mayo una petición remitida por la Asociación Unificada de Guardias Civiles con motivo de las comisiones de servicio. Expusimos que, tal y como está fijado legalmente en la ley de personal, la duración máxima para permanecer en una es de un año. Sin embargo, se convierten en destinos encubiertos que, en ocasiones, llegan a durar más de 10 años. A ello se añade el opaco sistema de selección, que está totalmente al margen de los principios de igualdad, mérito y capacidad. En base a ello y como era preceptivo, el órgano constitucional supervisor consideró realizar una serie de consideraciones y un recordatorio de deberes legales a la Dirección General de la Guardia Civil, que ha comunicado que no los acepta.
Concretamente, la Institución se niega a cumplir las dos peticiones del Defensor del Pueblo: Por un lado, no proporcionará a la Asociación Unificada de Guardias Civiles la documentación e información relativa a los elementos valorativos y puntuaciones que conducen a la elección de candidatos para las comisiones. Por otro lado, la Dirección General tampoco va a instar a que los Organismos y Unidades dependientes cumplan con la exigencia legal de motivar el proceso de selección del personal de acuerdo con los principios de seguridad jurídica y transparencia que han de regir.
“La Dirección General de la Guardia Civil no acepta las resoluciones formuladas por esta institución respecto del asunto planteado”, notifica el Órgano constitucional supervisor. Debido a que las resoluciones del Defensor del Pueblo carecen de fuerza ejecutiva, el procedimiento queda cerrado a pesar de la negativa. A no ser que se recurra a los Tribunales para que la Justicia garantice la transparencia en las comisiones de servicio y su duración, continuarán sucediéndose los incumplimientos.
Las prácticas de dudosa legalidad en este aspecto son habituales por parte de la Guardia Civil. Los amiguismos o prácticas más irregulares se ven favorecidas ante el desconocimiento de los criterios de selección del personal. El destino en las Unidades se debe asignar por antigüedad y méritos, no bajo el ocultismo imperante. Ha habido casos en los que no se reunían los requisitos para ocupar la vacante en un concurso abierto y se ha adjudicado mediante comisión, alegando ser el más idóneo ye ignorando la normativa reguladora de destinos. Son criterios que no se están respetando.