Desde la Asociación Unificada de Guardias Civiles en Castellón queremos dar a conocer un triunfo logrado en los tribunales para los guardias civiles. En esta ocasión ha sido el Tribunal de lo Contencioso-Administrativo número 2 de Castellón el que ha reconocido los derechos de una agente, los cuales fueron obviados claramente en primera Instancia por la Comandancia de Castellón, y posteriormente por el General de la Zona, al no estimar estos su petición de poder realizar su jornada laboral con la concreción horaria que interesó expresamente, y que respondía a fundadas razones de necesidad de conciliación de su vida familiar con la profesional.
La agente es actualmente madre de dos hijos menores de edad, y uno de ellos en situación de dependencia debido a la grave enfermedad que arrastra desde su nacimiento. Por ello, el menor precisa permanente cuidado y supervisión, y dado que el padre trabaja en un horario partido de mañana y tarde que le impide hacerse cargo por las tardes del menor, la madre solicitó realizar servicio en un horario concreto tanto en turno de mañana como tarde, con el fin de poder atender a su hijo, siendo ello desestimado por las autoridades del Cuerpo, lo que motivó su recurso.
La sentencia que dictó el ya mencionado Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Castellón acordó estimar la pretensión articulada por la agente a través de los servicios jurídicos de la Asociación Unificada de Guardias Civiles (AUGC) de Castellón, ordenando que para compatibilizar la vida familiar y profesional del agente se le nombrase servicio únicamente de 10:00 a 15:00 horas, o bien de 15:00 a 20:00 horas, todo ello sin merma de sus retribuciones
Desde AUGC Castellón debemos denunciar la total y absoluta falta de sensibilidad con las necesidades de la agente, cuando se le desestimo en primera Instancia. De esta forma la Justicia da la razón a la guardia civil demandante, además de imponer las costas procesales a la Administración del Estado.
Desde la Junta Directiva Provincial de AUGC Castellón queremos felicitar a nuestra compañera, a nuestros servicios jurídicos y a nuestros afiliados por este nuevo logro. Si bien la sentencia aún no es firme y podría ser recurrida por parte de la Administración en Apelación ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, desde AUGC se confía en que el buen criterio de la Administración para que esta sentencia no sea recurrida.