Otro revés judicial al Gobierno por tratar de recortar los derechos de la mujer en la Guardia Civil

nuestra compañera, con dos hijos menores a su cargo, solicitó una reducción de su jornada laboral en un 20%. La jefatura de la comandancia de Cáceres se la concedió, pero solo a medias, sin la concreción horaria adecuada a su situación justificándolo en unas supuestas “razones de servicio”, aunque sin acreditar en que consistían.

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La Guardia Civil sigue resistiéndose a facilitar la conciliación laboral y familiar de sus trabajadoras.

La Asociación Unificada de Guardias Civiles (AUGC) de Cáceres celebra una nueva sentencia ganada por los servicios Jurídicos de la asociación en esta provincia, representados por la letrado Paloma Lobato Vargas. La sentencia ha sido estimada por la sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, compuesta por cinco magistrados y viene a reconocer el derecho a la concreción horaria en una reducción de la jornada laboral de una compañera destinada en la Provincia de Cáceres y desestima el recurso del Gobierno, que a través, de la Abogacía del Estado recurría una sentencia estimatoria del juzgado número 1 de lo contencioso/administrativo de Cáceres que en primera instancia reconocía ese derecho.

Este caso arrancaba cuando nuestra compañera, con dos hijos menores a su cargo, solicitó una reducción de su jornada laboral en un 20%. La jefatura de la comandancia de Cáceres se la concedió, pero solo a medias, sin la concreción horaria adecuada a su situación justificándolo en unas supuestas “razones de servicio”, aunque sin acreditar en que consistían. Posteriormente se recurrió esta resolución ante el general Jefe de la Zona de Extremadura que desestimaba el recurso e incidía en el mismo argumento de “razones de servicio” para denegarlo, nuevamente sin justificar el supuesto perjuicio.

Con esta incomprensible situación, nuestra compañera, asesorada por nuestros servicios jurídicos, procedieron a recurrir la resolución del General Jefe de la Zona de Extremadura en el juzgado número 1 de lo contencioso/administrativo de Cáceres, que en una sentencia estimatoria  de 8 de marzo de 2021, Día de la Mujer, dio la razón a la recurrente y anulaba la resolución del General Jefe de la zona de Extremadura. El fallo ponía cordura y sentido común en la cerrazón en el reconocimiento de los derechos de la mujer en la Guardia Civil, indicando el juzgado en su sentencia que no vale una referencia genérica a las necesidades del servicio y “que la administración no proporcionaba ningún dato objetivo que avalase la incidencia negativa en la prestación del servicio”.

Cuando desde AUGC-Cáceres, y nuestra afiliada, pensábamos que con esta sentencia se abría una esperanza a cientos sino miles de mujeres en la Guardia Civil, para poder conciliar su vida y su trabajo, nos encontramos con la sorprendente y desagradable noticia de que el Gobierno, a través de la abogacía del Estado, recurría en Apelación, ante el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura.

Desde AUGC Cáceres no llegábamos a entender los motivos últimos de este recurso por parte del Gobierno. Nos parecía increíble y decepcionante que un Gobierno que se hace llamar feminista y que en su discurso diario tenga la lucha por los trabajadores y trabajadoras como uno de sus mantras, recurra contra los mínimos derechos que los tribunales de justicia reconocen a las mujeres trabajadoras, en este caso en la Guardia Civil. Entendemos que los hechos valen más que las palabras, es decir, te puedes poner la etiqueta que quieras, en este caso feminista, pero la realidad es que ante un mínimo avance en los derechos, la respuesta es el recurso para intentar cercenarlos.

El recurso de la Abogacía del Estado, adolecía, según nuestro criterio, de la misma falta de concreción, que la demostrada por parte del tribunal sentenciador en primera instancia. Todo el escrito estaba basado en hipótesis o condicionales sin definir los supuestos perjuicios específicos y concretos al servicio de la unidad, llegando en algún punto de su escrito  a intentar subvertir la carga de la prueba y que fuese el ponente de la sentencia el que justificase que no había perjuicio para el servicio, cuando es evidente que es obligación de la Administración demostrar ese supuesto.

No es de recibo que en pleno siglo XXI una mujer guardia civil tenga que luchar en los tribunales de justicia para poder cuidar dignamente a sus hijos menores.

Pues bien, es ahora, cuando la sala del Tribunal Superior de Extremadura, en su sentencia de 5 de mayo de 2021 lo vuelve a dejar meridianamente claro, desestimando el recurso del gobierno, abundando en las tesis del juzgado número 1 de Cáceres y en la línea de defensa expuesta por nuestra letrado Paloma Lobato, en el sentido que no son válidas meras referencias a supuestos perjuicios y dice “ que estando afectado el derecho fundamental a la conciliación familiar y laboral a la administración le es exigible una cumplida prueba de las necesidades del servicio que justificaran la afectación, lo que en modo alguno se consigue con fórmulas genéricas o generalistas como las expuestas por la Abogacía del Estado en su recurso de apelación que, por lo expuesto, debe ser rechazado en su integridad.”

Estas sentencias ponen en evidencia lo anacrónico de estas situaciones, porque no es de recibo que en pleno siglo XXI una mujer guardia civil tenga que luchar en los tribunales de justicia para poder cuidar dignamente a sus hijos menores.Desde AUGC Cáceres, como siempre, seguiremos confiando en la Justicia, ante la falta de voluntad para resolver las desigualdades por parte de los distintos gobiernos y luchando por los derechos de nuestros y nuestras afiliados y emplazamos al Gobierno y la Directora General del Cuerpo a que cejen en sus continuos intentos para limitar los derechos de los y las Guardias Civiles y hagan honor a ese supuesto feminismo del que tanto predican y tampoco ejercen.

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