El Tribunal Supremo ha aceptado para su consideración un recurso que presentamos desde AUGC en contra de una orden emitida por María Gámez, quien anteriormente ocupaba el cargo de directora de la Guardia Civil bajo la supervisión del ministro del Interior, Grande-Marlaska.
La Orden busca reducir los salarios de los guardias civiles a través de un sistema de cálculos matemáticos irracionales por medio de los incentivos de productividad para los agentes. Dicho documento ya fue rechazado en otra instancia por el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Madrid.
Ahora el Tribunal Supremo cuestiona e investiga el tipo de documento, en este caso la Orden General que el Ministro utilizó para fijar el cálculo de los pluses salariales en la Guardia Civil, ya que «si dado el contenido y la finalidad de la Orden General número 4, de 12 de febrero de 2021, de la Dirección General de la Guardia Civil, por la que se regulan los incentivos al rendimiento del personal de la Guardia Civil, esta ha de ser calificada como un acto administrativo con pluralidad de destinatarios, o si se trata de una disposición general de carácter reglamentario, o si pudiera calificarse como una categoría intermedia entre las dos anteriores».
Y por ello, la Sala Tercera del Supremo, de lo Contencioso-Administrativo, ha aceptado nuestra propuesta de unificar jurisprudencia. En un auto del 28 de noviembre, el Supremo declara varias cuestiones que presentan interés casacional.
Para AUGC el ministro Marlaska no ha estado a la altura de las circunstancias en la última legislatura por lo que desde esta Organización demandamos cambios urgentes.
La continuidad de Grande Marlaska conocida a finales de noviembre del año pasado, trae consigo asuntos pendientes de gran calado que afectan a la vida social, económica y profesional de los guardias guardias civiles. Desde el cumplimiento del acuerdo de equiparación salarial hasta el reconocimiento del colectivo como grupo de riesgo para una jubilación similar al resto de cuerpos policiales, la implementación de una jornada laboral digna y la remuneración adecuada mediante sistemas de productividad, así como la aplicación del Código Penal Militar mientras se realizan funciones policiales, la declaración de Zona de Especial Singularidad o la búsqueda de una segunda generación de derechos para los guardias civiles donde puedan expresar sin limitaciones sus demandas y reclamaciones en el seno del Consejo de la Guardia Civil.
Es necesario acabar con la creciente involución en los derechos de los guardias civiles y el derecho de representación donde el funcionamiento del Consejo de la Guardia Civil debe de funcionar como un verdadero órgano colegiado que ejerza sin cortapisas las funciones que le encomienda la Ley y que sea, en consecuencia, un instrumento eficaz para mejorar las condiciones laborales de los guardias civiles.