Varapalo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias a dos mandos de la Guardia Civil

El Tribunal Superior de Justicia de Canarias considera que las resoluciones de dos mandos de la Guardia Civil de Las Palmas son contrarias a Derecho.

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Nuevo éxito de AUGC en la defensa de los derechos de sus afiliados

Los servicios jurídicos de AUGC Las Palmas han obtenido un nuevo éxito en la defensa de los derechos de sus afiliados, en esta ocasión por la denegación de una solicitud de disfrute de un día de permiso por asuntos particulares, siendo condenada en costas la Dirección General de la Guardia Civil.

Señala el Tribunal Superior de Justicia de Canarias en los Fundamentos de Derecho de su sentencia que del «resultado del examen de los documentos integrantes del expediente, así como del de los aportados al proceso, no puede traer otra consecuencia que no sea la de estimar la presente impugnación jurisdiccional, ya que no es de recibo que el órgano competente para resolver la solicitud dicte el mismo día dos actos en sentido diametralmente opuestos entre sí; no, al menos, en perjuicio del interesado».

También señala dicha sentencia que la «Jurisprudencia impide oponer al cumplimiento de las obligaciones la existencia de defectos formales cuando estos son exclusivamente imputables a quien los invoca, de acuerdo con el principio general del Derecho (…) según el cual nadie puede obtener beneficio de su propia torpeza».

Y es que, en este caso, el Jefe de Unidad dictó una primera resolución por la que estimaba la concesión del referido permiso, dictando menos de 24 horas después una segunda resolución por la que denegaba ese mismo permiso.

Pese a la anormalidad de esas dos resoluciones, su superior jerárquico desestimó el recurso de alzada interpuesto por el afectado, lo que ha causado un grave daño al Agente, un aumento de trabajo en la Administración de Justicia, dañando la buena imagen de la Institución ante el personal del Ministerio de Justicia y ha generado unos gastos a todos los ciudadanos cuantificados por la defensa en 2.832 euros, que serán abonados por la Guardia Civil con los impuestos de todos los contribuyentes, dinero con el cual se podrían sufragar más de 30 servicios extraordinarios de agentes.

Ha tenido que ser otra vez un órgano judicial, ajeno pues a la estructura de la Dirección General de la Guardia Civil, quien reconozca la vulneración de los derechos de un guardia civil, anulando esos actos administrativos «por ser contrarios a Derecho» con unos argumentos tan contundentes como los expuestos, lo que no hace más que evidenciar que algunos mandos de la Guardia Civil todavía priorizan el corporativismo sobre los derechos de los Agentes de la guardia civil que prestan servicio en las Unidades que ellos dirigen.