La Guardia Civil condenada en costas por los Tribunales de Justicia a pagar más de 150.000 euros en los últimos años

Tenemos que denunciar está práctica sistemática en la denegación de cuestiones que los tribunales no aceptan en cientos de casos porque, el que deniega con su firma no paga, sino que pagamos todos los ciudadanos. Ahora se abre una oportunidad para revocar esta situación; la vacante aún no cubierta del Mando de Personal y Formación esperemos que recaiga sobre una persona con más sensibilidad y acierto en estas cuestiones para que los guardias civiles no tengan que esperar a que sean finalmente los tribunales los que corrijan una y otra vez cuestiones que deberían ser atendidas, según la propia normativa, por la propia Guardia Civil.

por Juan Fernández Hernandez

Ejercer la compatibilidad a un guardia civil le supone acudir por sistema a un Tribunal de Justicia.
Ejercer la compatibilidad a un guardia civil le supone acudir por sistema a un Tribunal de Justicia.

Desde la Asociación Unificada de Guardias Civiles -AUGC-, una vez más, queremos denunciar el despilfarro de dinero público que suponen las continuas sentencias que recibe la Guardia Civil, por parte de los tribunales, con la condena del pago en costas a la Administración, derivado de los numerosos  casos de demandas que los agentes llevan ante la justicia por la negativa respuesta a sus legítimas pretensiones.

Esta situación se debe a la obstinación por parte de las Dirección General de la Guardia Civil en denegar sistemáticamente derechos a los agentes, que posteriormente son ganados en los juzgados, motivo por el que el sistema jurídico español condena en costas a la Guardia Civil, resultando a la postre que quién paga es el ciudadano con el dinero de las arcas públicas. Tan solo en los últimos dos años, nuestros servicios jurídicos han ganado en distintos órganos jurisdiccionales de toda España  más de 450 demandas de diversa temática en la que la Administración ha sido condenada a abonar las costas de los procedimientos. Esto supone que lo abonado por este concepto supera con creces los 150.000 euros. Una cifra que representa tan solo los procedimientos llevados a cabo por nuestros servicios jurídicos, que si bien supondrán un tanto por ciento elevado de la actividad jurídica en este sentido, no es la única, y por datos a los que hemos tenido acceso y que constan en las bases de datos jurídicos, tan solo en el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, donde se resuelven gran parte de los litigios presentados por los Guardias Civiles, pero no todos, se ha condenado a la Administración en costas en los últimos dos años en más de 300 procedimientos.

Lo más relevante, es que este elevado precio que tienen que pagar todos los ciudadanos por ese afán denegatorio a las solicitudes de los y las Guardias Civiles, es que en muchas de estas demandas la Guardia Civil es condenada de forma sistemática y repetitiva. Nos referimos principalmente a las solicitudes de compatibilidad que los guardias civiles elevan para poder ejercer otra profesión fuera de su horario laboral. Está cuestión es denegada en prácticamente todos los casos por parte de la Dirección General de la Guardia Civil, y así mismo es ganada en los Tribunales en prácticamente todos, con la correspondiente condena en costas.

Otra cuestión recurrente y que aglutina más de 80 casos en tribunales de toda España son las relacionadas con la reducción de jornada para el cuidado de hijos o solicitudes del permiso de lactancia.  Este asunto vital para la conciliación laboral y familiar refleja la falta de sensibilidad por parte de los distintos responsables, quienes niegan la concreción horaria con importante detracción de salario que solicita el o la guardia civil, para resolver que aceptan la reducción de jornada pero no en los horarios solicitados por los agentes, y todo ello amparándose en las sempiternas “necesidades del servicio” que dejan abierta esa tasación de horarios que se necesita para compatibilizar el trabajo con  el cuidado de hijos. Así queda al albur del mando con capacidad de conceder esa concreción horaria, y no a las necesidades reales del solicitante, lo que hace totalmente inútil la solicitud de esta medida para que el horario de prestación de servicio permita conciliar, y no que el/la solicitante quede las circunstancias  personales para el cuidado del hijo a la decisión de la cadena de mando. Este es un derecho que la Administración tiene reconocido hace años y que, sin embargo todavía a día de hoy se sigue viendo como un privilegio en muchos sectores de la Guardia Civil. Y que, como decimos, son los tribunales los que suelen fallar positivamente a favor del demandante con importantes condenas en costas a la Guardia Civil. Hecho parecido ocurre en los numerosos casos en los que el permiso de lactancia es denegado por argumentos parecidos y revocados por los tribunales.

Lo más llamativo de ésta praxis es el cambio legislativo realizado por el Gobierno en los últimos años donde, bajo la excusa de los elevados procesos penales, estableció unas tasas y costas en los procedimientos, mientras permite que la Dirección General de la Guardia Civil inunde los Juzgados desestimando procedimientos,  que son ganados una y otra vez por los demandantes.

Desde AUGC creemos que una política de personal y de la gestión de los recursos humanos en la Guardia Civil, más moderna, adaptada a los tiempos y a las prácticas de la Administración General del Estado haría que estas cantidades excesivas que salen de los impuestos de todos no fuesen tan abultadas. Tenemos que denunciar está práctica sistemática en la denegación de  cuestiones que los tribunales no aceptan en cientos de casos porque, el que deniega con su firma no paga, sino que pagamos todos los ciudadanos.  Ahora se abre una oportunidad para revocar esta situación; la vacante aún  no cubierta del Mando de Personal y Formación esperemos que recaiga sobre una persona con más sensibilidad y acierto en estas cuestiones para que los guardias civiles no tengan que esperar a que sean finalmente los tribunales los que corrijan una y otra vez cuestiones que deberían ser atendidas, según la propia normativa, por la propia Guardia Civil.

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