Cuando un agente es sancionado con pérdida de haberes, suspensión de funciones o pérdida de destino, deja de trabajar por el periodo que abarca la sanción o mientras no obtiene un nuevo destino.
Una vez el Tribunal le da la razón al agente y anula la sanción impuesta, debe ser resarcido y abonadas las retribuciones como si hubiese trabajado.
Examinadas las sentencias dictadas por el TMC en el plazo de un año (último trimestre de 2020 y 3 primeros del 2021), salta a relucir que la compensación abonada como si hubiesen trabajado los agentes sancionados es el equivalente a 10 años de trabajo de un Guardia Civil.
Es de resaltar que, el estudio sólo abarca al TMC, al que deberíamos sumar las sentencias del Tribunal Supremo o los Tribunales Militares Territoriales, con lo que el coste del abuso en la aplicación del régimen disciplinario es mucho mayor.
Son destacables sanciones disciplinarias por desobedecer órdenes que se acredita que nunca existieron, o no presentarse a prestar un servicio que nunca se nombró o faltar a la verdad, cuando después se demuestra que lo que decía el agente era cierto.
Además, es habitual la anulación de las sanciones por no respetar los derechos constitucionales durante la tramitación del expediente, con afirmaciones del tribunal tan contundentes como “difícilmente compatible con los principios de legalidad y tipicidad" o "la instrucción del expediente fue patentemente deficiente”.
Desde AUGC llevamos años denunciando un uso abusivo del régimen disciplinario, especialmente contra nuestros representantes, y de ello se hizo eco el G.RE.C.O. en su informe anual.
PUEDES DESCARGARTE EN ARCHIVO ADJUNTO EL INFORME ELABORADO POR AUGC SOBRE EL ABUSO DEL RÉGIMEN DISCIPLINARIO EN LA GUARDIA CIVIL