AUGC Aragón emprende acciones judiciales contra la DGGC tras negar a un agente el motivo por el que no se le asignó una comisión de servicios

Un componente que reunía las condiciones requeridas para una comisión de servicio quedó excluido del proceso sin que la Institución acceda, previa petición del interesado, a exponer motivadamente tal decisión. El Defensor del Pueblo intervino recomendando mayor transparencia pero, tras hacer caso omiso, los servicios jurídicos de AUGC Aragón llevarán la decisión ante la Justicia

La Dirección General de la Guardia Civil anunció una comisión de servicio dirigida al personal con una titulación determinada y uno de los agentes vio que reunía los requisitos. Tras conocer que había sido asignada a otra persona quiso saber por qué no era válido, y para ello pidió a la Institución una justificación motivada de tal decisión. Realizó una petición expresa, pero la Dirección General se negó a exponerle las razones alegando que no era asistente de tal derecho.

La negativa decisión administrativa carece de cualquier principio de seguridad jurídica y de transparencia, premisas que deberían regir su actuación con el compañero. En el momento que solicitó la información determinante de su no asignación ésta se la debería haber proporcionado. El Tribunal Supremo ya realizó las oportunas puntualizaciones sobre el tema: La cobertura de puestos mediante comisiones de servicio no significa puedan adjudicarse sin la debida motivación y al margen de los principios de igualdad, mérito y capacidad que rigen la provisión de los puestos de trabajo en la función pública. La finalidad del principio de transparencia sobre la actuación administrativa es evitar la opacidad para poder controlar la actuación pública y reducir la arbitrariedad.

En base a esto, el Guardia Civil se dirigió al Defensor del Pueblo para que reclamase a la Dirección General los elementos valorativos y puntuaciones, así como el resto de documentación que ha conducido a la elección del candidato y al descarte de los demás. El organismo supervisor de la actuación de las Administraciones estimó la queja del afectado y solicitó a la Institución que justificase ante el agente los motivos de la resolución. Debido a que las formulaciones del Defensor del Pueblo tienen carácter de recomendaciones y no pueden ser impuestas, sólo propuestas por carecer de fuerza ejecutiva, la Dirección General de la Guardia Civil respondió no aceptar la resolución.

El Defensor del Pueblo valorará incluir el caso en el informe a las Cortes Generales, pero sus actuaciones finalizaron y el Guardia Civil decidió poner su situación en conocimiento de los servicios jurídicos de la Delegación de la Asociación Unificada de Guardias Civiles en Aragón. Será el Letrado D. Jesús Ángel Jordán quien lo representará y emprenderá las acciones judiciales oportunas contra la Administración, por la negativa a proporcionar un derecho básico.

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