AUGC interesa la suspensión de funciones del General Jefe de la Zona de Andalucía y del Coronel Jefe de la Comandancia de Cádiz

Tras las declaraciones de los guardias civiles supervivientes el pasado 28 de junio, AUGC considera que ambos mandos continúen ejerciendo sus funciones puede comprometer de modo grave la fase de instrucción e investigación de cómo se dispuso la operación, la configuración de servicio y los medios que fueron utilizados para su realización

Caso Barbate.
Caso Barbate.

Efectivamente, la representación procesal de AUGC ha señalado que “hecho de que ambos investigados continúen ejerciendo los cargos de jefe de la Zona de la Guardia Civil de Andalucía y jefe de la Comandancia de la Guardia Civil en Cádiz supone un riesgo que puede comprometer de modo grave el proceso penal, especialmente en esta fase de instrucción, que está centrada precisamente en la investigación de los comportamientos, órdenes, acciones y omisiones que ambos investigados pudieron llevar a cabo en relación con la actividad desplegada por guardias civiles del GEAS de la Comandancia de Cádiz, del Servicio Marítimo Provincial y de las unidades del GAR adscritas funcionalmente a la Zona y Comandancias ya citadas.

AUGC recuerda que “El ordenamiento jurídico de la Guardia Civil prevé la posibilidad de que se acuerde su suspensión de funciones, lo que supondría alejarles temporalmente del ejercicio del mando y por ello de toda posibilidad de influir en la investigación”. Por ello se ha solicitado al juzgado que comuniquen a la Ministra de Defensa y al Director General de la Guardia Civil la situación procesal de ambos mandos y los graves hechos por los que se les está investigando, a fin de que valoren su suspensión de funciones a la vista de la gravedad de los hechos imputados, el perjuicio que la imputación infiere al régimen del Instituto oyla alarma social producida.

Desde AUGC consideramos que los hechos ocurridos el pasado 9 de febrero, en el que dos guardias civiles fueron asesinados mientras operaban a bordo de una zodiac contra una narcolancha, no es un caso aislado. Por ello decidimos personarnos en el caso en calidad de acusación popular y de esa manera emprender los procesos legales correspondientes para que se depuraren las presuntas responsabilidades penales por hechos que pudieran ser tenidos como contrarios a los derechos de los trabajadores.

Además, el Juzgado desestimó la petición de la Fiscalía de archivar y sobreseer provisionalmente las diligencias y, por el contrario, acordó la práctica de diligencias de investigación, en línea con las que fueron propuestas por AUGC en su escrito de denuncia, en la que AUGC pidió una investigación penal por si pudiera existir la presunta comisión de un delito previsto en el artículo 316, que indica “Los que con infracción de las normas de prevención de riesgos laborales y estando legalmente obligados, no faciliten los medios necesarios para que los trabajadores desempeñen su actividad con las medidas de seguridad e higiene adecuadas, de forma que pongan así en peligro grave su vida, salud o integridad física, serán castigados con las penas de prisión de seis meses a tres años y multa de seis a doce meses”.

En la misma línea, la denuncia menciona el artículo 318, “Cuando los hechos previstos en los artículos de este título se atribuyeran a personas jurídicas, se impondrá la pena señalada a los administradores o encargados del servicio que hayan sido responsables de los mismos y a quienes, conociéndolos y pudiendo remediarlo, no hubieran adoptado medidas para ello. En estos supuestos la autoridad judicial podrá decretar, además, alguna o algunas de las medidas previstas en el artículo 129 de este Código”.

Lo que se ha conocido hasta ahora en las diligencias previas corrobora la nefasta manera en la que se ordenó la prestación del servicio y la carencia de medios con los que se contaba. Esto refuerza, una vez más, el trabajo de AUGC como garante de los derechos de los guardias civiles y un serio revés al director general de la Guardia Civil, que aseguró que el dispositivo se había llevado a cabo de manera correcta.

Por otra parte, la falta de reconocimiento de lo que podría ser calificado “indulgente” como deficiencias en el ejercicio del mando, por quienes ostentan la dirección política de la Guardia Civil, deja en evidencia su falta de capacidad para dirigirla y un desconocimiento inaceptable de lo que supone la disciplina, la jerarquía, la subordinación y, sobre todo, el deber de lealtad. Así como que la falta de capacidad debe suponer el cese inmediato.

AUGC continuará en la defensa de los derechos fundamentales y profesionales de los miembros de la Guardia Civil, y recordamos que la prevención de los riesgos laborales es un derecho de todos los miembros de la Guardia Civil y una obligación principal para quienes ejercen en mando y conducen las operaciones.

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