NOTA INFORMATIVA.
PRÓXIMA ACTUALIZACIÓN DEL MODO DE CUANTIFICAR LAS DEDUCCIONES EN EL ESFUERZO DE REFERENCIA.
La próxima entrada en vigor de la Orden General, de 16 de septiembre de 2010, por la que se dan normas sobre jornada y horario de servicio del personal del Cuerpo de la Guardia Civil, aconseja una actualización del modo de cuantificar las deducciones del esfuerzo de referencia en determinadas
situaciones.
Esta actualización se va a traducir en una reducción unitaria de siete horas y media por cada día perteneciente a cada uno de los siguientes conceptos:
Los 14 Días festivos, a los que se refiere el apartado 1 de la norma decimoprimera de la Orden General núm. 4, de 16 de junio de 2006.
Días de permiso por el fallecimiento, accidente o enfermedad grave de un familiar por consanguinidad o afinidad regulados en el apartado 1.a) de la norma decimotercera de la Orden General núm. 7, de 5 de noviembre de 2009, por la que se aprueban las normas sobre vacaciones, permisos y licencias del personal del Cuerpo de la Guardia Civil.
Días de permiso por asuntos particulares regulados en el apartado 1.k) de la norma decimotercera de la Orden General núm. 7, de 5 de noviembre de 2009.
Días de permiso de Semana Santa y Navidad regulados en el apartado 4 de la norma decimotercera de la Orden General número 7, de 5 de noviembre de 2009.
Madrid, 21 de octubre de 2010