Los servicios jurídicos de AUGC logran que se anule una sanción a guardias civiles fruto de la arbitrariedad de los mandos

Los agentes, destinados en Pontevedra, habían sido castigados con seis días de empleo y sueldo tras haber sido autorizados a usar sus vehículos particulares en una comisión de servicicio.

Una vez más, un tribunal atiende favorablemente un recurso de un afiliado respaldado por los servicios jurídicos de AUGC.
Una vez más, un tribunal atiende favorablemente un recurso de un afiliado respaldado por los servicios jurídicos de AUGC.

La Delegación de AUGC en Pontevedra ha conseguido que el Tribunal Militar Central estime los planteamientos de los servicios jurídicos de AUGC y desestime la resolución de la Dirección General de la Guardia Civil en la que imponía seis días de empleo y sueldo a tres guardias civiles al no ser los hechos sancionados por la Administración constitutivos de una infracción disciplinaria.

El castigo por supuesta falta grave se había apoyado en "la emisión de informes o partes del servicio que no se ajusten a la realidad o la desvirtúen". En concreto, la situación se derivó del uso autorizado por parte de los agentes de sus vehículos particulares para la realización de una comisión de servicio. Sin embargo, por parte de los mandos se interpretó que ese uso no se había ajustado a lo autorizado. Finalmente, esta discrepancia de criterio fue la que motivó la apertura de los expedientes que desembocaron en la falta grave y la sanción.

Sin embargo, el Tribunal en la sentencia, que estima el recurso presentado por uno de los agentes sancionados, recoge que "no se exige expresamente que la conducta de quien emite un informe que no se ajusta a la realidad o la desvirtúa haya de ser necesariamente inveraz o falsaria. Y entiende la Sala que en aquellos casos en los que la inexactitud o discordancia de lo informado con la realidad de lo sucedido se puede atribuir, no a una clara intención de faltar a la verdad, sino a la percepción errónea de lo acontecido".

Es decir, se desmonta la teoría alegada por parte de los mandos y refrendada por la Dirección General y por lo tanto revoca las sanciones, ordenando que se proceda a la compensación de las retribuciones dejadas de percibir como consecuencia de la ejecución de la sanción, con el interés legal desde el día de la materialización de la sanción hasta la fecha del efectivo reintegro.

De esta manera, una vez más, los servicios jurídicos de AUGC logran revertir el daño causado a unos guardias civiles como consecuencia de la arbitrariedad de los mandos.

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