La pasada semana, AUGC denunciaba la reciente modificación por parte de la Jefatura de la Agrupación de Tráfico de las normas de los dispositivos operativos a adoptar en los controles preventivos de alcoholemia, de manera que se establece la existencia de un dispositivo operativo reducido a dos o tres componentes (hasta ahora el efectivo mínimo era de cuatro guardias civiles, cifra que aumentaba en los que se realizan de noche). A dicha modificación se ha añadido la eliminación en las normas existentes hasta la fecha la frase “y solo y exclusivamente en horario diurno” (la negrilla es de la propia norma.
Esto significa que los componentes de tráfico (dos o, como mucho, tres agentes) deberán establecer esos dispositivos de control de alcoholemia en horario nocturno obviando el riesgo que en la anterior norma se conocía y prevenía y dando prioridad a la estadística con el fin de aumentar el número de alcoholemias reali-zadas.
Ante dicha medida, AUGC ha remitido un escrito al Servicio de Prevención de Riesgos Laborales de la Dirección General en el que muestra su preocupación por el riesgo que para los agentes supone esta reducción de efectivos en los controles.
En dicho escrito, AUGC recuerda a la Dirección General el alto número de compañeros fallecidos en la carretera que pertenecía a la especialidad, así como el hecho de que un número importante de fugas en los controles son ocasionadas por conductores que, estando bajo los efectos del alcohol, intentan eludir el operativo acelerando y, si es necesario, arrollando a los agentes.
Considerando que esta clase de fugas ya están ocurriendo en dispositivos con más personal (los que, conforme a las normas existentes hasta la fecha, se establecían), cabe suponer lo que ocurrirá en controles realizados por tan solo dos componentes de la agrupación.
Con esta modificación -señala el escrito de AUGC- se está poniendo en riesgo la integridad física de los trabajadores y por ello debe tener conocimiento el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales. Por un lado, para que no pueda alegarse desconocimiento ante un más que posible accidente, y por otro, para que se proceda a la evaluación de esta condición de trabajo nueva que se ha introducido con esta modificación.
Por todo ello, el escrito concluye reclamando que el Servicio de Prevención proceda a evaluar los riesgos generados por la modificación de las condiciones de trabajo realizadas en el personal de tráfico de la Guardia Civil, al establecimiento de medidas preventivas y la comunicación del resultado a todos los trabajadores afectados por esta nueva situación laboral.