La Guardia Civil renovará la Comisión de Servicio a los guardias civiles de la 126 promoción

La medida podría no ajustarse a la legalidad en el personal que no desee voluntariamente acogerse a esa comisión

La asignación de destino es una de las principales preocupaciones de los guardias civiles, ya que incide en su vida familiar.
La asignación de destino es una de las principales preocupaciones de los guardias civiles, ya que incide en su vida familiar.

En el día de hoy, desde la Dirección General se nos ha trasladado que, tal y como ya está llegando a las unidades, nombrarán una nueva comisión de servicio al personal de la 126 promoción que se encuentra pendiente de obtener destino.

Así, en su comunicado se indica “Por parte de esta Secretaría Técnica se ha solicitado a la Jefatura de Personal, que se realicen los trámites oportunos para llevar a cabo el nombramiento de una nueva comisión de servicio de carácter no indemnizable a los guardias civiles integrantes 126 promoción acceso a la Escala de Cabos y Guardias que se encentren en la situación de servicio activo sin destino, con motivo de la próxima finalización de la que tienen nombrada.”

Sin embargo, esa medida debe contar con la voluntariedad del personal afectado. Como ya sabe la Dirección General (le pasó hace unos meses lo mismo con los Cabos), la Comisión de servicio tiene una duración máxima de un año. Por ello, si un componente no desea continuar (en algunos casos están gastando dinero por estar trabajando) no se puede establecer esa comisión de modo forzoso y, mucho menos, nombrarla no indemnizable (tendrán que pagar el alojamiento y comida de quien está lejos de su casa).

Una vez más, la Guardia Civil traslada la responsabilidad de sus acciones a los administrados. La Dirección General ha tenido un año para destinar al personal, sin embargo, no ha sido capaz de anunciar plazas suficientes para llevar a efecto estos destinos y ahora son los compañeros los que se ven perjudicados.

Desde AUGC animamos a aquellos compañeros que no desean continuar a que comuniquen su deseo de cesar en la comisión de servicio una vez alcanzado el plazo máximo (un año), salvo que la misma sea indemnizable y, en el momento en que se supere el año y sigan comisionados, recurrir la resolución de la nueva comisión.

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