El guardia civil sufrió una agresión, cuando se encontraba fuera de servicio, recurriendo a los servicios jurídicos de AUGC Huelva por dicha causa, el letrado Juan Rodríguez, se hizo cargo de la reclamación por los daños sufridos y la acusación particular, en todo lo concerniente al procedimiento judicial.
La sentencia del Juzgado de lo Penal Número 4 de Huelva, declara probado que: “con claro menosprecio al principio de autoridad y con conocimiento de que aquel era guardia civil”, aunque se encontraba fuera de servicio, agredió al guardia civil, causándole lesiones graves con un objeto peligroso.
Lo importante de esta sentencia, es que reconoce que las lesiones fueron causadas por ser guardia civil, teniendo conocimiento, la persona condenada, sin lugar a dudas, que el agredido era guardia civil y por tanto, se calificó el hecho, como un delito de atentado, con objeto peligroso y un delito de lesiones con instrumento peligroso.
La sentencia condena por un delito de atentado contra agentes de la autoridad, con objeto peligroso, en concurso ideal con un delirto de lesiones, con instrumento peligroso, a la pena de dos años de prisión, multa de tres meses a 4 euros diarios y a abonar una indemnización al Guardia Civil por las lesiones de más de 8.000 euros, por tratarse de un delito doloso y ser reincidente.
Desde AUGC Huelva queremos poner en valor este tipo de servicios que presta la asociación a sus afiliados, que no solo contribuyen a la defensa de los derechos de los guardias civiles, sino que, como en este caso y en otros muchos, reclaman las cantidades, las penas y multas, que consideran justas de acuerdo con las lesiones causados a los guardias civiles, aunque como en este caso sean causadas fuera de servicio.