Resumen Grupo de Trabajo 'Incapacidad Temporal'

Vuelven los recortes de derechos en la Guardia Civil

por eugenio Nemiña Suárez

plazos bajas
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En la mañana del 20 de febrero se celebró el primer grupo de trabajo de Incapacidad temporal. Con esta norma la DGGC pretende aumentar el control sobre las bajas médicas y agilizar los trámites de inspección, y aprovecha para recortar o eliminar derechos de los trabajadores

Los principales cambios que nos presenta el proyecto son los siguientes:

  • Se eliminan los días de indisposición (para eso no somos funcionarios)
  • Si se cambia de destino estando de baja perder el CES desde el primer día (Tampoco somos funcionarios)
  • Si cambias residencia por baja estando en País Vasco, Ceuta, Melilla o Canarias, perderás complemento especial de la zona.
  • Se obliga al personal que esté recibiendo tratamiento psicológico (aunque no esté de baja) a informar de ello.
  • Se obliga al personal que tiene reconocida discapacidad por CCAA a informar y entregar toda la documentación en la que se ampara ese reconocimiento.
  • Los partes médicos expedidos por médicos de la Guardia Civil se tramitarán en soporte digital.
  • En el caso de ser médicos del seguro de salud, seguirán en papel. En este caso, el agente lo remitirá telemáticamente.
  • Entre la fecha de la baja y la fecha de firma del médico no podrán mediar más que 24 horas, algo que se revisará a la vista de que, ante una enfermedad o lesión ocurrida un viernes por la noche, será imposible contar con el parte de baja antes del lunes.
  • Los procesos de baja médica se dividen en:
    • a)           Proceso de duración estimada muy corta: de uno a cuatro días.
    • b)           Proceso de duración estimada corta: de cinco a treinta días.
    • c)            Proceso de duración estimada media: de treinta y uno a sesenta días.
    • d)           Proceso de duración estimada larga: de más de sesenta días.
  • En el caso de procesos muy cortos, se extiende la baja y el alta al mismo tiempo. Si se necesita continuar de baja, se volverá al médico.
  • En los procesos de duración corta/media, el siguiente parte de revisión se confeccionará en los siguientes 7 días
  • En los procesos de duración larga será a los 14 días.
  • Si tras esta revisión es necesario continuar de baja, se extenderá el parte de confirmación y los sucesivos serán en las siguientes condiciones:
    • Duración muy corta – No procede
    • Duración corta – Cada 14 días como máximo
    • Duración media – Cada 28 días como máximo
    • Duración Larga – Cada 35 días como máximo

En los procesos de control e inspección de la baja, se elaborarán los siguientes documentos:

  • Informes complementarios si la baja supera un mes de duración, que debe actualizarse cada 2 partes de confirmación.
  • Informe de control a los tres meses de la baja

Si el médico de la comandancia extiende el alta médico, sólo el servicio médico de la Guardia Civil está facultado para extender un nuevo parte de baja por la misma patología. A pregunta de AUGC sobre que pasa en las Comandancias donde el médico pasa algún día a la semana, reconocen que no tienen personal suficiente, pero no dan solución alguna.

A la vista de este texto, AUGC realizará unas alegaciones contundentes no descartando vías judiciales para que se respeten no sólo los derechos de los trabajadores, sino las obligaciones de la administración.

Os adjuntamos borrador del proyecto

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