Desde el primer momento en el que nos empezaron a llegar consultas de personal que no había percibido las retribuciones por el no abono de la renuncia a disfrutar vacaciones en verano AUGC se puso a trabajar para saber que estaba pasando.
Ese seguimiento de la situación nos permitió conocer, el pasado sábado 23 de noviembre que, en parte de los casos, se debía a una revisión de Estado Mayor antes de proceder al pago y considerar (en una interpretación absurda de lo regulado) que el personal que disfrutaron DND y DSJ no tendría derecho al abono.
Ante esta interpretación, ese mismo fin de semana, y sin esperar al lunes, AUGC remitió escrito al Consejo solicitando un punto del orden del día en el pleno del Consejo y una serie de datos, con la intención de trasladar a la Directora General lo que esta ocurriendo en el próximo pleno del Consejo a celebrar a mediados de Diciembre.
Los servicios jurídicos hemos diseñado una estrategia jurídica para defender los derechos de los interesados que pasan por varias fases.
Lo más importante es no tener prisa.
Debemos recordar lo que ocurrió con la sentencia del Tribunal Supremo sobre la productividad. Muchos compañeros pedían instancias ya para iniciar la reclamación o utilizaban instancias de desconocida procedencia que le llegan por distintos medios. Al final todos cobraron pero aquellos que se adelantaron más, se vieron obligados a iniciar la vía contenciosa (los plazos les llevó a ello) y a pagar procurador para una reclamación que, de inicarla más tarde, se cobraría exactamente igual, antes y sin ningún gasto.
Por ello, no tengamos prisa por reclamar, existe tiempo de sobra para la reclamación. Vamos a esperar que nos dice la Dirección General a nuestro escrito sobre los DND y DSJ y que nos dice la Directora General en el pleno de mediados de diciembre.
En la situación de impago podemos encontrarnos con diversos supuestos:
1. Gente que no ha cumplido los requisitos al tener bajas, indispuestos o similares. Alguno de esos casos podría ser sangrante y por ello, una vez tengamos el pleno, y con la información que tengamos, nuestros servicios jurídicos tendrán que estudiar cada caso individualmente (NO EXISTEN 2 CASOS IGUALES Y NO PUEDEN EXISTIR DOS INSTANCIAS IGUALES, PODRÁN SER PARECIDAS, PERO CADA UNA DEBE ADAPTARSE AL INTERESADO)
Si estas en el supuesto 2, solicita el modelo de instancia a tu delegación.
2. Gente que cree que ha cumplido los requisitos y no tiene claro porque le descontaron el dinero. En este caso, lo primero es preguntar a la DGGC porqué no ha cobrado. OJO, no debemos reclamar que nos paguen nada. Si reclamamos que nos paguen, empezamos la tramitación de un procedimiento que, por plazos, nos podría llevar a un contencioso de modo prematuro. Debemos reclamar simplemente que nos informen de porque no cobramos y, la Guardia Civil, no podrá hacer otra cosa que contestar lo que nosotros solcitamos (no puede denegarnos algo que no hemos pedido y con ello, no iniciaremos los plazos para llegar a contencioso). Si estas en ese supuesto, AUGC ha elaborado un modelo de instancia para presentar, solicita tu instancia a la delegación.
3. Gente que se encuentra en los supuestos de DSJ, DND o, casos tan sangrantes como tener los exámenes de acceso a una especialidad (examenes cuyas fechas las fija la DGGC). Esos casos serán expuestos ante la Dirección General y por ello, aconsejamos como en el primer caso, esperar a ver que nos dicen.
Esperamos que esto sirva de aviso a navegantes.
Los incentivos por la renuncia a vacaciones suponen una trampa para el personal. Si todo va bien podremos percibir una gratificación siendo la gran beneficiada la Guardia Civil que ve reforzados sus servicios con personal que tendría que estar de vacaciones pero, además, si por mala suerte sufrimos un día de migrañas, un esguince que nos impide trabajar uno o dos días, nos encontraremos con la desagradable consecuencia de que hemos obligado a nuestra familia a renunciar a las vacaiones de modo totalmente gratuito.
Por ello, debemos tomar con mucha cautela la decisión de renunciar a las vacaciones.