A día de hoy existen guardias civiles pertenecientes a clases pasivas y al régimen general de la seguridad social ¿Podría enumerar brevemente pros y contras de uno y otro régimen de cotización?
Fundamentalmente la diferencia viene dada por las prestaciones, aunque se intentan equiparar las prestaciones de los dos regímenes, nosotros entendemos que es más favorable el de clases pasivas, primero porque no está sometido a las veleidades políticas, es un régimen que depende del Ministerio de Hacienda, y digamos que se queda un poco fuera del oportunismo político en cuanto a la regulación de Régimen de Seguridad Social de los trabajadores. Pero fundamentalmente cabría citar, por ejemplo, que en todo el régimen de jubilaciones es más favorable el régimen de Clases Pasivas que el de Seguridad Social. Prevé una jubilación anticipada muy favorable, prevé un retiro por incapacidad también muy favorable, y por esto creo que es más beneficioso para los funcionarios de la Administración central del Estado pertenecer a este Régimen de Clases Pasivas.
Por tanto, ¿cree que cuando en 2011 el gobierno decidió incluir a todos los funcionarios en el régimen general fue para beneficiar al colectivo funcionarial?
No creo que esa medida fuera pensada para beneficiar a un colectivo u otro. Yo creo que es una medida política, simplemente destinada a unificar los regímenes de Seguridad Social y que en un futuro exista sólo un Régimen de Seguridad Social que sea común tanto para trabajadores como para funcionarios. No creo que tenga que ver con una pretensión de mejora en favor de los funcionarios.
En nuestro colectivo a día de hoy hay debate sobre las pensiones, como experto en la materia ¿considera que es posible una negociación sectorial de las pensiones, tanto en clases pasivas como en seguridad social?, o lo que es lo mismo ¿ve factible que los representantes de colectivos como los guardias civiles o policías podamos negociar pensiones diferenciadas para nuestros colectivos?
Entiendo que es una posibilidad muy difícil. Considero que la ley es generalista y por tanto, ha de afectar a todas las personas, sean funcionarios o sean trabajadores del Régimen de Seguridad Social, y por tanto las jubilaciones se han de abordar con carácter general para todos los posibles pensionistas. No creo que exista una posibilidad de renegociar un régimen diferente para los guardias civiles o para los funcionarios de Administración central del Estado diferente del que se pueda regular generalmente para todos, funcionarios o todos los trabajadores.
¿Cree que los y las guardias civiles están lo suficientemente informados de los derechos y obligaciones inherentes a su sistema contributivo para las pensiones?
No es que no estén los guardias civiles informados, es que con carácter general la sociedad no está informada de sus derechos y obligaciones con respecto de los regímenes de jubilación de los dos sistemas que existen actualmente. Creo que la desinformación es generalizada, no es que afecte especialmente sólo a los guardias civiles.
¿Qué propondría para que el colectivo tuviese una mayor información y formación sobre esta importante cuestión?
Yo creo que sería importante la colaboración de las organizaciones a las que pertenecen los miembros de la Guardia Civil o de la Guardia Civil y del resto de Funcionarios de estas asociaciones creadas para defender sus derechos. Yo creo que un convenio por ejemplo con el Consejo General de Colegios de los Habilitados de Clases Pasivas podría ser interesante al objeto de que nosotros podamos dar sesiones informativas. No cabe duda que la información solo se puede favorecer, primero con el conocimiento de las normas que regulan esas jubilaciones y con la explicación a los colectivos interesados. Nosotros como expertos podríamos colaborar en facilitar esa información para resolver las dudas que se puedan generar. Incluso en una relación institucional con estas asociaciones para prestar un asesoramiento continuo o, en fin, cualquier medio de colaboración en el que pudiéramos participar.
¿Cree que es posible que guardias civiles puedan optar a un sistema u otro (clases pasivas o régimen general de seguridad social) y cotizar en uno u otro a elección propia?
Tal cual está planteada la normativa actual es imposible. Desde luego la intención de los gobiernos ha sido unificar los sistemas y entiendo que no está prevista la posibilidad de opción a un régimen u otro.
¿Qué perfil de edad o años cotizados cree que podría salir beneficiado o perjudicado si se optase por un cambio voluntario de clases pasivas a seguridad social?
Desde luego, partiendo de la premisa de que nosotros consideramos que es más beneficioso el Régimen de Clases Pasivas, cuanto antes uno se integre en el Régimen de Clases Pasivas, antes le van a afectar los posibles beneficios, por tanto, cuanto antes el Guardia Civil se pudiera acoger a este tipo de régimen, pues más fácil va a ser que se le puedan aplicar los beneficios.
Dado que hay firmado un acuerdo para equiparar salarios de guardias civiles y policías con la policía autonómica catalana que supondrá un incremento muy importante de sus retribuciones ¿ve factible, que, aun permaneciendo en clases pasivas pueda solicitarse un aumento de la cotización a dicho régimen para optar a una pensión mayor?
Este planteamiento lo veo ciertamente difícil porque la regulación que se establece en Clases Pasivas, lo es con carácter general para todos los funcionarios de la Administración central del Estado, por tanto, veo muy difícil que se pueda desarrollar una legislación o unas posibilidades de cotización diferentes para los miembros de la Guardia Civil y de la Policía Nacional. Lo que sí hemos estudiado y hemos planteado a alguna asociación es la posibilidad de esa mejora de cotizaciones a través de de los planes de pensiones que la propia administración tiene contratada para cada funcionario. Entonces, mediante la mejora, sí que podría mejorar la jubilación. No sería necesario modificar la legislación, y sin embargo por la aportación a estos planes privados de pensiones se podría mejorar.
Vistas las circunstancias del momento, considero que es la manera más adecuada de mejora.
Existe la intención de reformar la Ley de personal de Guardia Civil para que se exija bachillerato para el acceso ¿Cree que este requisito puede abrir una vía para que los que actualmente están en nivel C1 pasen a nivel B y los A2 a A1 con el correspondiente aumento en la cotización y, obviamente, a una base reguladora mayor que aumente sus pensiones?
Tradicionalmente la asignación a los grupos de los funcionarios lo ha sido por la necesidad de estudios que hacía falta para ingresar en ese grupo. Desde luego si se mejora o si se solicita un nivel de estudios superior para acceder al puesto de Guardia Civil lo lógico sería que se equiparase esa exigencia de estudios al grupo profesional correspondiente, por tanto, podría ser factible.
¿Qué perfil de guardia civil en cuanto a edad o años que les falten para la jubilación cree que saldría más beneficiado y cual notaria menos la diferencia de un ascenso en su nivel funcionarial?
Creo que lo he dicho antes. Partiendo de la premisa de que consideramos que el Régimen de Clases Pasivas es más beneficioso que el de Seguridad Social, cuanto antes ingrese en Clases Pasivas, antes se le van a aplicar las bondades de este régimen respecto del de Seguridad Social. Por tanto, cuanto antes, vuelvo a repetir, se ingrese en este régimen mejores prestaciones se van a recibir.
Por último, en el actual estado de debate general de las pensiones, donde según muchos sectores éstas se encuentran en peligro en un futuro, ¿cree que existen más garantías para los afectos a régimen de clases pasivas o al régimen de seguridad social, o es indiferente?
Tenemos que tener en cuenta que en principio, las pensiones vienen garantizadas por el Estado, sucede sin embargo, que el Régimen de Clases Pasivas, está menos sujeto al oportunismo de las realidades políticas, y por tanto es más estable. Desde este punto de vista, pensando en un hipotético riesgo de las pensiones, entiendo que es más favorable pertenecer al Régimen de Clases Pasivas, porque además depende de un Ministerio absolutamente diferente, dado que las Clases Pasivas dependen del Ministerio de Hacienda. El régimen de clases pasivas se nutre directamente de los Presupuestos Generales del Estado, no tiene un Fondo de Reserva, no depende de las cotizaciones, no están ligadas las pensiones a variables sobre la situación económica del país. Por tanto, al estar dotado de una mayor estabilidad, lógicamente puede pensarse que tiene una mayor solidez, una mayor seguridad el Régimen de Clases Pasivas.