Hoy, 15 de enero entra en vigor el nuevo Código Penal Militar, a prisas y corriendo, con un Gobierno en funciones y aprobado con el voto a favor de un solo partido político, el Partido Popular, que ha hecho uso de una mayoría absoluta para remilitarizar a la Guardia Civil.
En el día de ayer, miembros de AUGC estaban presentes en el Colegio Oficial de Abogados en Madrid, donde varias personas especialistas en derecho penal y militar, impartieron una conferencia ante la entrada en vigor de este código. Catedráticos, profesores de universidad, personas de reconocida reputación, y todos coincidían y mantenían sus reservas en la aplicación de un Código Penal Militar que se caracteriza por la falta de transparencia, no se puede acceder a las sentencias publicadas por estos Tribunales Militares, la indefensión que originan al encausado, guardias civiles y militares, donde la simple manifestación de un mando sirve para condenar con la excusa de “salvaguardar la disciplina” , la formación de Tribunales Militares, en una especialidad que ni siquiera es impartida en las Universidades, pues el Derecho Penal Militar no forma parte de las asignaturas dadas entre alumnos de las facultades de derecho o la ausencia de separación entre los cuerpos de Jueces y Fiscales con empleos militares.
Las dudas que surgían eran las mismas. ¿Cuál es el bien jurídico protegido? ¿Tal cantidad de términos jurídicos indeterminados en un Código Penal ofrece garantías? ¿Qué es un bien jurídico estrictamente castrense? ¿Es acertado que pueda aplicarse una norma concebida por militares y para militares a ciudadanos civiles? ¿No se puede mantener la disciplina sin esta norma? ¿A que obedece que recoja delitos que ya se encuentran en el Código Penal ordinario? ¿Es necesario dotar al director general de la Guardia Civil de autoridad militar, a pesar de ser civil? ¿Cómo se mide la dignidad de la Guardia Civil? Estas ambigüedades son insalvables y crean una inseguridad jurídica, y un desconocimiento entre los propios mandos a la hora de aplicarlo.
Su desaparición para convertirse en un Título mas del Código Penal ordinario, restringir su casuística en lugar de aumentarla, reducir el número de Tribunales existentes, limitar su aplicación a tiempos de guerra o durante misiones militares en el extranjero parece ser la postura compartida por los profesionales del derecho (no militar) para avanzar hacía una sociedad democrática avanzada y de consenso, dejando atrás normas castrenses aplicables durante el siglo XVIII. Pero igualmente debe plantearse la supresión de la justicia castrense en tiempos de paz, pues son los propios jueces y fiscales quienes ostentan empleos militares y se deben al principio de subordinación jerárquica a los mandos, algo que atenta a la imparcialidad de quien ha de dictar sentencia o quien debe promover la acción de la justicia en defensa de la legalidad, de los derechos de los ciudadanos (en este caso militares o guardias civiles) y del interés publico tutelado por la Ley.
Y es que, con la entrada en vigor de esta norma parece cerrarse el circulo de una remilitarización de la Guardia Civil planeada y planificada desde el bunker de la mismísima Dirección General de la Guardia Civil para contrarrestar los avances buscados por AUGC hacía la democratización de un Cuerpo con competencias de seguridad ciudadana pero gobernado bajo la influencia del Ministerio de Defensa.
Callar la voz de los guardias civiles, restringir el derecho de libertad de expresión y dificultar el trabajo de las asociaciones profesionales parece ser el fin buscado con esta remilitarización; pero ya nadie duda que AUGC seguirá luchando, con Código Penal Militar o sin él, cada día con mas fuerza e ilusión para acabar con la discriminación, para que se haga justicia y para que de una vez por todas se reconozcan las mismas condiciones sociolaborales y mismos derechos para los guardias civiles que tienen reconocidos el resto de policías en España y en Europa.