La Asociación Unificada de Guardias Civiles (AUGC) ha presentado escrito ante la Dirección General de la Guardia Civil y su Estado Mayor denunciando el incumplimiento generalizado del descanso mínimo de once horas entre servicios en la Comandancia de Huelva, así como la falta de aplicación de las instrucciones que el propio Estado Mayor dictó en 2020 para justificar de forma individualizada cada reducción de ese descanso.

Una práctica generalizada, no un caso aislado

Según denuncia la Asociación, en el conjunto de la Comandancia de Huelva, con la excepción de las unidades que operan en régimen de turnos, se viene incumpliendo de manera sistemática el descanso de once horas entre servicios. La práctica habitual consiste en nombrar dos servicios en la misma jornada (los llamados dobletes), con secuencias del tipo 06:00 a 14:00 y 22:00 a 06:00, o bien 14:00 a 22:00 y 06:00 a 14:00, que dejan un margen teórico de ocho horas.

Ese margen, además, es solo nominal. Descontados los desplazamientos al domicilio, el tiempo de aseo y de comida, muchos agentes se reincorporan al servicio tras cuatro o cinco horas de descanso efectivo, con el consiguiente deterioro de su salud, el aumento del riesgo de accidente y una evidente merma de la capacidad operativa, en un servicio que se presta armado y en contacto directo con la ciudadanía.

AUGC subraya que esta situación afecta con especial intensidad a los guardias civiles eventuales, precisamente el colectivo en posición más vulnerable para reclamar el cumplimiento de sus derechos.

Un incumplimiento en tres niveles

La Asociación sitúa la gravedad del problema en su carácter acumulativo:

  1. Se incumple la normativa europea sobre ordenación del tiempo de trabajo, que fija un descanso mínimo diario de once horas consecutivas entre el final de un servicio y el comienzo del siguiente.

  2. Se incumplen las instrucciones internas dictadas por el Estado Mayor en 2020, que obligan a cada jefe de unidad a justificar de forma detallada los motivos por los que no se respeta ese descanso. Más de cinco años después, esa justificación sencillamente no se produce.

  3. Se desvirtúa el concepto de necesidad del servicio, invocado de forma rutinaria para amparar estos nombramientos cuando la propia norma interna es clara: la necesidad del servicio exige un hecho sobrevenido, o una alteración imprevista de lo ya planificado, no la mera comodidad organizativa de la unidad.

AUGC recuerda que la reducción del descanso solo resulta admisible en dos supuestos: cuando la solicita el propio guardia civil por razones de conciliación de la vida familiar y laboral, o cuando responde a la organización estructural de la unidad, como sucede en los turnos fijos. Fuera de esos casos, el descanso de once horas es la regla, no la excepción.

Ausencia de control y responsabilidad de la cadena de mando

La Asociación pregunta abiertamente qué valor tienen las órdenes del Estado Mayor y de la Dirección General si un jefe de puesto no las aplica, un jefe de compañía no exige su cumplimiento y una jefatura de comandancia consiente que se vulneren de forma continuada normas que afectan directamente a la salud y a la conciliación familiar de sus subordinados. O las órdenes se dictan para ser cumplidas, o se dictan únicamente para figurar en el papel.

AUGC advierte de que la Dirección General y el Estado Mayor no ejercen control alguno sobre estas reducciones de descanso, pese a existir pronunciamientos judiciales reiterados en la materia. Cuando una norma europea, una orden interna y una línea jurisprudencial coinciden y aun así se incumplen sin consecuencia alguna, el mensaje que se traslada a la plantilla es que cada jefe de unidad decide qué normas le vinculan y cuáles no.

Lo que AUGC solicita

En su escrito, la Asociación pide a la Dirección General de la Guardia Civil:

  • Que ordene expresamente el cumplimiento de la normativa europea y de las propias instrucciones del Estado Mayor en materia de descanso entre servicios.

  • Que los servicios se nombren respetando un descanso mínimo de once horas.

  • Que, cuando ese descanso deba reducirse, se obligue a quien nombra el servicio a justificar de forma detallada y por escrito los motivos concretos de la reducción.

  • Que se establezca un mecanismo real de control y supervisión sobre estas reducciones, con seguimiento periódico desde el Estado Mayor.

AUGC anuncia que, de persistir esta situación, trasladará la cuestión al Consejo de la Guardia Civil y estudiará las acciones que procedan en defensa de la salud laboral de los agentes destinados en la Comandancia de Huelva.