Una vez más, la Asociación Unificada de Guardias Civiles consigue poner freno en los tribunales al excesivo rigor disciplinario que padecen desde hace muchos años los guardias civiles en la provincia de Córdoba. El Tribunal Militar Territorial Segundo, con sede en Sevilla, ha dictado sentencias estimando los recursos interpuestos por los servicios jurídicos de AUGC y anulando las sanciones disciplinarias que se impusieron a tres agentes destinados en el Núcleo de Servicios de la Comandancia de Córdoba, bajo el concepto de “la desatención de un servicio”.

El jefe de la Comandancia de Córdoba, coronel Ramón María Clemente, ordenó la incoación del expediente y las sanciones fueron impuestas por el teniente coronel Emilio Muñoz, y los recursos de los afectados fueron desestimados por el general jefe de la zona de Andalucía, Luis Ortega, por lo que los guardias civiles, asesorados por los servicios jurídicos de AUGC, interpusieron los recursos contencioso-disciplinarios que ahora han sido estimados.

Los hechos tuvieron lugar en marzo de 2024, cuando durante la madrugada y en el intervalo de apenas unos segundos un individuo realizó una pintada en la puerta de acceso al acuartelamiento de Córdoba, del mismo modo que hizo en otros edificios de la misma avenida Medina Azahara, como las instalaciones de la empresa municipal SADECO y un salón de juegos.

El tribunal militar argumenta que “les ampara la razón a los recurrentes, en la resolución recurrida no se determina cuál es la desatención sancionada”, porque “efectivamente tenían nombrado servicio de protección y seguridad en la Comandancia de Córdoba”, pero “la resolución aquí recurrida consiste en sancionar a todos los guardias civiles del turno de servicio, aplicando una responsabilidad solidaria y objetiva sin delimitar cuál había sido la conducta infractora de cada uno”, por lo que “no puede existir culpabilidad si no hay participación en la infracción, y esa participación no se ha acreditado en el procedimiento sancionador”, añadiendo que “las sanciones solo pueden ser impuestas a quien ha cometido la infracción, o lo que es lo mismo, nadie puede ser sancionado por hechos ajenos, en base a una pretendida responsabilidad colectiva”.

El abogado de AUGC en Córdoba, Miguel Carbajo, ha valorado muy positivamente las sentencias y ha declarado que “el tribunal ha coincidido con nosotros en que se ha vulnerado el principio de legalidad en su vertiente de tipicidad de la conducta sancionada, junto con la quiebra del principio de responsabilidad personal”, y ha añadido que “deberían evitarse estos procedimientos disciplinarios que no se corresponden con la profesionalidad y conducta de los guardias civiles en la provincia de Córdoba”.

Ahora la Dirección General de la Guardia Civil deberá devolver a los tres afectados el dinero que les fue detraído de sus retribuciones, más los intereses legales, así como eliminar las anotaciones negativas realizadas en sus hojas de servicios.

Por otro lado, el secretario jurídico provincial de esta asociación, Francisco Cruz, ha añadido que “hechos como este vienen a corroborar lo que AUGC lleva muchos años denunciando, el excesivo e injustificado rigor disciplinario que se aplica en la Guardia Civil y especialmente a la escala básica de cabos y guardias”.

Lo que debe hacer la Guardia Civil para evitar situaciones como la que motivó esas sanciones disciplinarias es incrementar considerablemente la plantilla del Núcleo de Servicios de Córdoba, que lleva años bajo mínimos y sin poder desempeñar adecuadamente sus cometidos, como AUGC denuncia reiteradamente. Es el Núcleo de Servicios con menos efectivos de todo el país, por lo que continuamente necesita el refuerzo de otras unidades.