AUGC pone en valor el trabajo de sus servicios jurídicos en A Coruña, con la letrada Rosa Lozano al frente, que han sostenido la acusación particular hasta lograr una condena por lesiones con alevosía y atentado a agente de la autoridad. La insolvencia declarada del principal condenado no dejará al compañero sin reparación: el Estado responde.

La Asociación Unificada de Guardias Civiles (AUGC) informa de que ha adquirido firmeza la sentencia dictada por el Tribunal de Instancia de Ferrol que condena a dos personas por la agresión sufrida por un guardia civil en junio de 2025, cuando intervino para separar a los implicados en una pelea en las inmediaciones de un recinto festivo.

Según los hechos declarados probados, los condenados esperaron al agente a la salida del recinto y le abordaron de forma sorpresiva desde un lugar de escasa visibilidad. Una de las personas condenadas le golpeó en el rostro con un objeto cortante y el otro condenado le asestó una puñalada en el abdomen con una hoja de cuchillo. La resolución recoge expresamente que ambos actuaron sabedores de su condición de agente de la autoridad y con ánimo de menoscabar el principio de autoridad.

Lo que la sentencia deja escrito

El fallo condena al autor de la puñalada como responsable de un delito de lesiones con instrumento peligroso y alevosía (artículos 147.1 y 148.1º y 2º del Código Penal) a dos años de prisión, denegando expresamente la suspensión de la pena. La segunda persona resulta condenada por un delito de lesiones a tres meses de prisión, suspendida durante dos años. Ambos son condenados como coautores de un delito de atentado a los agentes de la autoridad, con seis meses de prisión para cada uno, además de prohibición de aproximación y comunicación respecto de la víctima.

En materia de responsabilidad civil, la sentencia fija indemnizaciones de 27.000 y 3.000 euros a favor del compañero agredido, sumando más de 30.000 euros, además de la cantidad que se determine para el servicio público de salud por la asistencia prestada.

Por qué esta resolución importa al conjunto del Cuerpo

Esta sentencia es trascendental por tres motivos fundamentales:

  1. Documenta el precio real de una agresión: Acredita dos intervenciones quirúrgicas, ingreso hospitalario, 160 días de perjuicio personal, secuelas estéticas permanentes y un trastorno de estrés postraumático que ha derivado en una propuesta médica de incapacidad permanente absoluta para el desempeño de su profesión como guardia civil y para cualquier otra actividad laboral. Que un órgano judicial reconozca la pérdida de la carrera profesional y el daño psíquico al mismo nivel que el físico tiene un valor enorme para el futuro.

  2. Confirma que un guardia civil no deja de serlo al terminar su turno: Intervenir para evitar que una pelea vaya a mayores no es un gesto voluntarioso, es el cumplimiento de un deber legal permanente. Quien agrede a quien cumple ese deber comete un atentado contra la autoridad, esté o no de uniforme.

  3. Demuestra que la insolvencia del agresor no significa quedarse sin cobrar: La sentencia declara insolvente al principal condenado. Durante años eso significaba ganar el juicio pero no ver un euro. Hoy, gracias al principio de indemnidad consagrado por el Tribunal Supremo (Sentencia 956/2020 de la Sala Tercera) y el Real Decreto 485/1980, el Estado debe responder. La insolvencia abre la puerta a reclamar a la Administración, pero exige actuar a tiempo antes de que expire el plazo de un año.

La clave: estar en AUGC y contar con los mejores servicios jurídicos

Este caso demuestra, de forma incontestable, la diferencia radical entre afrontar un proceso de esta gravedad en soledad o hacerlo con el respaldo de la organización líder en la defensa de los guardias civiles.

Estar afiliado a AUGC significa no estar solo en el momento más difícil. Los servicios jurídicos de AUGC A Coruña, con la letrada Rosa Lozano al frente, han sostenido la acusación particular durante todo el procedimiento, desde la instrucción hasta la conformidad alcanzada en el juicio. Gracias a esa labor experta y especializada, se logró mantener la calificación por alevosía, el delito de atentado y el reconocimiento de la totalidad del daño causado, incluyendo el psicológico y la pérdida de la carrera profesional.

Cerrado el proceso penal, el trabajo de los servicios jurídicos de AUGC continúa en la vía administrativa para que la responsabilidad subsidiaria del Estado se haga efectiva y el compañero perciba hasta el último euro de la indemnización que le corresponde. Un compañero sin un asesoramiento jurídico especializado se expone a perder sus derechos por el puro silencio administrativo del calendario. AUGC lleva años abriendo camino en esta materia para que ningún guardia civil se quede desprotegido.

Nuestras demandas

AUGC reitera que estos hechos no son sucesos aislados, sino la expresión cotidiana de un riesgo estructural, por lo que exige:

  1. Reconocimiento efectivo de la profesión de riesgo para la Guardia Civil, con todas sus consecuencias en jubilación anticipada y coeficientes reductores.

  2. Que el resarcimiento por insolvencia del agresor sea automático y de oficio, sin obligar al agente a un pleito contencioso-administrativo.

  3. Atención integral en salud mental, con protocolos específicos ante el trastorno de estrés postraumático derivado del servicio y su reconocimiento sin obstáculos como contingencia profesional.

Ninguna sentencia devuelve una carrera, pero este fallo demuestra la importancia vital de estar en AUGC y contar con los mejores servicios jurídicos a tu lado cuando más los necesitas.