Los hechos se remontan a una noche de febrero. El compañero prestaba servicio de atención al ciudadano cuando, ante una situación de tensión en el acuartelamiento, comenzó a encontrarse mal. Lejos de marcharse sin más, hizo lo que cualquier profesional responsable haría: comunicó su estado al sargento de guardia, avisó a la Central Operativa de Servicios y puso al corriente a la patrulla presente en el cuartel antes de acudir al hospital. Allí ingresó por urgencias con un diagnóstico médico de crisis de ansiedad, temblores y le fue administrada medicación. Al día siguiente informó puntualmente a su unidad de su situación.

Pese a haber comunicado en todo momento su indisposición y a haberla acreditado con un informe médico oficial, meses después se le incoó un expediente disciplinario por falta leve, imputándole la "ausencia" del servicio. La resolución sancionadora llegó a imponerle la pérdida de un día de haberes con suspensión de funciones sin dedicar una sola línea a valorar el diagnóstico médico que constaba en el propio expediente.

Una defensa rigurosa en cada fase del procedimiento

Desde el primer momento, los servicios jurídicos de la Delegación de AUGC en Salamanca acompañaron al compañero en cada trámite del procedimiento. No se trató de una actuación puntual, sino de un seguimiento continuado: se le asesoró sobre el alcance de cada notificación, se anticiparon los movimientos de la Administración y se le mantuvo informado, paso a paso, de lo que iba a suceder y de cómo responder a ello.

Esa labor se tradujo en una defensa articulada y sostenida a lo largo de todo el expediente, que puso el acento en la cuestión esencial: una ausencia del servicio motivada por una enfermedad sobrevenida, comunicada a los mandos y acreditada médicamente, no es antijurídica y, por tanto, no puede ser sancionada. Como recuerda la propia jurisprudencia militar, lo determinante para justificar la interrupción de un servicio no es solo cumplir formalidades, sino que exista realmente una causa que ampare esa finalización anticipada. Y aquí esa causa existía, estaba documentada y era incontestable.

La resolución: la sanción se anula por completo

El Excmo. Sr. General Jefe de la 12ª Zona de la Guardia Civil (Castilla y León) ha estimado el recurso de alzada y ha anulado la resolución sancionadora. La resolución acoge la alegación de fondo defendida por AUGC: al concurrir una causa médica que justifica la ausencia, la conducta deja de ser antijurídica y, en consecuencia, deja también de merecer reproche disciplinario alguno. Al estimarse esta cuestión, ni siquiera fue necesario entrar a valorar el resto de motivos del recurso. El compañero será resarcido de las cantidades que se le hubieran podido retener.

Un expediente que nunca debió existir

Conviene detenerse en lo que este caso revela. Un compañero enferma en acto de servicio. Avisa. Se hace atender. Lo acredita con un parte médico. Y aun así, la maquinaria disciplinaria se pone en marcha contra él y llega hasta el final, imponiéndole una sanción.

Esto es sencillamente inaceptable. Ningún guardia civil debería tener que recurrir, esperar meses y pelear en vía administrativa para que se reconozca algo tan elemental como que enfermar no es una falta. La lógica más básica —esa que la propia resolución ha terminado por reconocer— indica que si cualquier compañero que avisa de una indisposición antes de un servicio fuera susceptible de ser sancionado, no habría plantilla que resistiera. La indisposición médica no se persigue: se atiende.

Que un expediente así se abra, se instruya y culmine en sanción obliga a preguntarse cuántos recursos, cuánto tiempo y cuánto desgaste personal se han empleado en perseguir una conducta que ninguna norma reprocha. AUGC seguirá denunciando con firmeza el uso de la potestad disciplinaria en supuestos que carecen de todo fundamento, porque detrás de cada expediente injusto hay un compañero y una familia que sufren sus consecuencias.

El valor de estar afiliado

Este caso demuestra, una vez más, para qué sirve AUGC. La diferencia entre resignarse a una sanción injusta y lograr su anulación tiene un nombre: defensa jurídica especializada, cercana y comprometida. La Delegación de AUGC en Salamanca ha estado al lado del compañero desde el minuto uno hasta la resolución favorable, y ese es exactamente el compromiso que la asociación mantiene con cada uno de sus afiliados.

Enhorabuena al compañero. Y gracias y reconocimiento al equipo jurídico de la Delegación de Salamanca por un trabajo impecable.

Si te encuentras en una situación similar o tienes dudas sobre un procedimiento disciplinario, contacta con tu Delegación de AUGC. No estás solo.