Una vez más, a instancias de AUGC, ha tenido que ser la Justicia la que corrija a la plana de la Guardia Civil. En este caso hablamos de un recurso presentado por nuestra asociación contra la orden del Ministerio del Interior por la que se regulaba el uso general del uniforme del Cuerpo, y por la que la Audiencia Nacional ha venido a darnos la razón.
Queda demostrado que en la orden de Interior se vulneraba la Ley de Régimen del Personal del Cuerpo de la Guardia Civil, que reconoce el derecho de los guardias civiles retirados a usar el uniforme en actos institucionales y sociales solemnes, sin ninguna limitación.
Por el contrario, en la orden recurrida se indicaba que “El personal que haya cesado en la relación de servicios profesionales por pase a retiro, sólo podrá vestir el uniforme que corresponda, previa la solicitud y autorización oportuna, en actos institucionales solemnes, siempre que no esté ejerciendo cargos electos en órganos de representación pública y salvo los supuestos en que legalmente se prohíba. El que haya cesado en la relación de servicios profesionales por pérdida o renuncia de la condición de guardia civil no podrá utilizar el uniforme en ningún caso”.
En su sentencia, la Sala de la Audiencia Nacional señala que, “confrontado el precepto de la Ley con el de la Orden resulta claro el desarrollo que esta última hace de la primera, por cuanto que introduce modulaciones y matizaciones (…) instaurando un régimen de control previo que (…) no se recoge en la Ley que, precisamente, reconoce el derecho al uso del uniforme por el personal retirado”.
“Por tanto –estima la Sala-, la Orden va más allá de ser un mero reglamento interno u organizativo, mereciendo la calificación de ejecutivo, y por consiguiente, necesitado en su elaboración del previo dictamen del Consejo de Estado”.
Expuesto todo esto, la Audiencia Nacional decide en su fallo declarar nula la Orden del Ministerio del Interior, “por no ser conforme con el ordenamiento jurídico”, cargando además las costas del proceso a la Administración demandada.
Con esto queda una vez más en evidencia el carácter prepotente de Interior y de la Dirección General, que dictan normas a su capricho vulnerando la legalidad, como ha quedado demostrado en la sentencia. Resulta lamentable que, una y otra vez, tengan que ser los tribunales los que, tras el trabajo de los servicios jurídicos de AUGC denunciando estos abusos, corrijan y sancionen los excesos arbitrarios de la DGGC, teniendo que ser además todos los ciudadanos los que paguen el coste de la labor judicial.
Es precisamente ese carácter prepotente el que, entre otras muchas razones, ha llevado a AUGC a convocar para el próximo 14 de noviembre una gran manifestación de guardias civiles en Madrid, una auténtica #MareadeTricornios que dará a conocer a toda la sociedad la precariedad sociolaboral que padecen los trabajadores de la institución más valorada por los españoles.

Se facilita la sentencia en archivo adjunto