El derecho a pausas en el servicio es uno de los incluidos en la Carta de Emplazamiento de la Comisión Europea a la DGGC, que como sabéis ha sido el origen (y no otro) de que el próximo 30 de marzo entre en vigor la nueva Orden de Jornada Laboral en la GC.
Bien, pues es cuando menos curioso que a fecha de 2 de febrero el Consejo nos conteste a un escrito emitido por la Secretaria de la Mujer y Especialidades de AUGC donde se solicitaba información sobre determinados incumplimientos de las pausas en el sentido de que no es obligatorio el cumplimiento del apartado “Pausas”.
A las puertas del cumplimiento de la nueva Jornada laboral todavía el proyecto del nuevo SIGO no tiene previsto contemplar la obligatoriedad del campo “Pausas”.
Es mucho más importante de lo que a priori parece. Sin este dato no tendremos información de por ejemplo cómo se hacen esas pausas, que patrullas las hacen (¿y las unipersonales?), donde se hacen, porqué no se han hecho, etc.
Si estos datos no los genera SIGO la DGGC tiene la excusa perfecta para no aportar información que pueda comprometer el cumplimiento de este derecho.
Por todo ello hemos solicitado que la Oficina de Proyecto SIGO incluya de forma prioritaria la obligación de rellenar este campo, no hacerlo supondría a nuestro entender contravenir la citada Carta de Emplazamiento de la Comisión Europea y por tanto procederíamos a dar cuenta de ello.
Mal empezaríamos así.