Propuestas al Consejo

Despliegue de vacantes en reserva con destino a los puestos de Seguridad Ciudadana

Carrera Profesional (Art. 27) |

Despliegue de vacantes en reserva con destino a los puestos de Seguridad Ciudadana

Solicito

Plantear la siguiente PROPUESTA/SUGERENCIA, en virtud de lo dispuesto en los Art. 14 de la Ley 29/2014, de 28 de noviembre, de Régimen del Personal de la Guardia Civil, y 1.2 del Reglamento de Organización y funcionamiento interno del Consejo de la Guardia Civil.

Por considerar que la misma se encontraría comprendida en el Artículo que a continuación se señala, del Título V de esta última Ley Orgánica -LODDG-, “De los derechos y deberes de los miembros de la Guardia Civil”.

En caso de que el asunto esté relacionado con el ámbito de Igualdad y Diversidad, podrá marcar una o ambas casillas según corresponda.

Propuesta o Sugerencia

Que se habiliten y publiquen vacantes para personal en situación de reserva en Puestos Principales y Ordinarios de Seguridad Ciudadana y otras similares, con las condiciones y limitaciones expuestas en la Instrucción de la Directora General de fecha 26/01/2026.

Expongo

En el mes de abril de 2021 por parte del Mando de Personal se realizó una encuesta entre el personal en activo sondeando la conveniencia o no de la creación de un subcatalogo de puestos de trabajo en reserva con destino en diferentes unidades, entre ellas las siguientes:

Las unidades donde se nombrarán las comisiones de servicio serán las siguientes:

-       Cabeceras de Zona/Comandancia.

-       Compañías territoriales (incluida la Compañía de Plana Mayor).

-       Puestos Principales (no se nombrarán comisiones de servicio en puestos ordinarios).

Actualmente, muchos Puestos de Seguridad Ciudadana tanto ordinarios como principales cuentan con plantillas insuficientes para desempeñar adecuadamente todas sus funciones, y algunos de esos cometidos podrían ser realizados perfectamente por personal en situación de reserva, tales como vigilancia mediante circuito cerrado de televisión desde sala de monitores y otros similares.
De hecho, en la reciente Instrucción de la Directora General de fecha 26/01/2026, por la que se definen los cometidos del personal de la Guardia Civil en situación de reserva, se especifica que dicho personal podrá realizar los siguientes cometidos con carácter general

Primero. Cometidos generales del personal en reserva.

El personal que se encuentre en la situación administrativa de reserva, podrá desempeñar los siguientes cometidos generales:

• Labores de formación, ocupando determinados puestos en departamentos de formación y doctrina.

• Labores de formación en el marco del Sistema de Intervención Operativa.

• Labores de Plana Mayor o gestión administrativa.

• Labores de representación institucional, con otros organismos o asistencia a foros de trabajo en representación de la Guardia Civil.

• Labores relacionadas con la prevención de riesgos laborales.

• Seguridad en interior de instalaciones o seguridad estática, así como impulso y supervisión del régimen interior.

• Labores de gestión logística, así como de gestión económica y técnica, colaborando en la administración, evaluación, mantenimiento o adquisición de los recursos financieros, patrimoniales y medios materiales.

Y ello en concordancia con lo dispuesto en el artículo 47 de la Orden INT/26/2021, por la que se establecen las normas específicas para la clasificación y provisión de destinos: “Los guardias civiles en situación de reserva podrán ocupar destino y ejercer funciones … de seguridad estática”.

Por todo ello, la Dirección General de la Guardia Civil debería habilitar y publicar vacantes para personal en situación de reserva en Núcleos de Servicios, Unidades de Seguridad de Centros Penitenciarios y otras similares. Sin duda, ello beneficiaría a la operatividad de esas unidades.

El que suscribe no entiende que en la iniciativa de un subcatálogo de puestos de trabajo de reserva con destino se excluyan a los Puestos Ordinarios y desde luego no encuentra motivo alguno para dicha exclusión, al mismo tiempo que no entiende porque no se han generalizado en los Puestos Principales y ello por los siguientes motivos:

  • En los Puestos Ordinarios existe la misma burocracia (la pauta documental es la misma, así como notificaciones, oficios judiciales, etc.) que en los Puestos Principales y por tanto también es necesario detraer componentes del servicio operativo a servicios administrativos.

  • En los Puestos Ordinarios existe también un alto número de componentes dedicados a labores de formación ya sea en instrucción PATIO, como PLAN DIRECTOR y VISIBILIZACION E INGRESO EN LA GUARDIA CIVIL, PLAN COMERCIO SEGURO, etc. de instrucción de diligencias, revisión de hechos y novedades SIGO, puesto que también puede ser ocupado por personal en reserva con destino sin ningún tipo de problemas, máxime cuando se ocuparía por personal con continuidad y veteranía en dicha unidad.

  • Un alto porcentaje del trabajo diario se realiza en revisión de hechos y novedades SIGO.

  • Existen también necesidades de mantenimiento sobre todo de vehículos, armamento y material.
  • Existen funciones de seguridad que puede realizar personal en reserva como Servicio de Puertas o controles de acceso en dependencias
  • Los guardias civiles veteranos atesoran experiencia y conocimientos que son necesarios en muchas unidades

Existe un envejecimiento de la plantilla, toda vez que un alto porcentaje de guardias civiles optan por continuar en servicio activo en la edad de pase a la reserva y ello puede mermar el servicio operativo. Mientras que en otras unidades los guardias civiles veteranos de mayor edad pueden ser derivados a servicios administrativos o de especialidades, en los Puestos Ordinarios no existe dicha opción y no queda más remedio que prestar servicio de Patrulla de Seguridad Ciudadana siempre que se conceda la continuación en servicio activo y por tanto ocupando un puesto de catalogo.

¿Qué significa Respaldar una Propuesta?

En esta sección publicamos periódicamente las Propuestas y Sugerencias al Consejo de la Guardia Civil en aplicación del Art. 14 de la Ley 29/2014 que creemos que son de interés si no para todo el colectivo, sí para una parte importante de él.

Las propuestas pueden enviarse directamente a dicho órgano a través de correo electrónico. Lo que hacemos aquí es presentarte un modelo confeccionado y ajustado a la normativa y facilitar su presentación en tu nombre con un simple click.

Si estás conforme con el contenido de la propuesta que puedes leer en esta página puedes presentarla directamente y AUGC enviará por tí la propuesta al Consejo de la Guardia Civil. En tu correo electrónico recibirás una copia de la misma a modo de justificante del envío.

Recuerda tener correctamente actualizados tus datos para evitar rechazos por algún error en ellos.

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