AUGC participó el día 24 de junio en el grupo de trabajo del Consejo de la Guardia Civil convocado para analizar los proyectos de Orden Ministerial y Orden General sobre medidas preventivas ante lo que la administración denomina “conductas que requieren especial atención”, término que ha sustituido al antiguo  “conductas anómalas”. 

La posición de AUGC fue la mas critica de la sesión: la norma no resuelve el problema que dice abordar, carece de habilitación jurídica suficiente y lleva años llegando tarde a los compañeros que más la necesitan.

 EL CASO QUE LO DICE TODO

Se relató un caso ocurrido que resume, mejor que cualquier argumento jurídico, por que esta norma no funciona.

Varios guardias civiles recibieron notificación de retirada de armas en el marco de un supuesto procedimiento penal. Nadie les explico de que se les acusaba concretamente. La incertidumbre se sumó al estigma: sin saber los hechos imputados, con la pistola retirada y el expediente abierto, uno de los compañeros se suicidó. La primera cita con el psicólogo llegó dos o tres días después y programada para una semana más tarde.

“La retirada del arma la hicieron en cuestión de días. La primera cita con psicología llegó cuando ya había un compañero muerto.”


La norma que se discutía ese mismo día en Madrid, según AUGC, habría producido exactamente el mismo resultado: retirar el medio oficial, no salvaguardar la salud del guardia civil.

 UNA NORMA QUE APUNTA AL BLANCO EQUIVOCADO

 AUGC lleva advirtiendo lo mismo desde 2017, cuando se discutió la primera versión de este protocolo: retirar el arma reglamentaria o el permiso de conducir oficial no previene el suicidio. Previene, en el mejor de los casos, que se use ese medio concreto. Y los datos lo confirman: el compañero no usó la pistola.

La asociación sostiene que el único modelo preventivo eficaz pasa por la intervención psicológica proactiva (es decir, que sea el personal de psicología el que acuda a cada profesional de la plantilla, evitando que las personas tengan que pedir ayuda en una institución que durante décadas ha tratado la enfermedad mental como un signo de debilidad). Ese cambio cultural y ese despliegue de medios son los que esta norma no aborda.

El servicio de psicología del cuerpo esta saturado. El servicio externo que existe requiere que el afectado se desplace voluntariamente. Y la mentalidad institucional sigue penalizando quien reconoce que no esta bien: compañeros que en procesos de selección reconocen haber pasado una baja psicológica y que eso les penalizó.

“Si la retirada del arma es urgente, la atención psicológica debe serlo en igual medida. No puede dilatarse semanas.”


UNA NORMA SIN PARAGUAS JURIDICO SUFICIENTE

AUGC fue la única asociación que planteo una impugnación formal y articulada del fundamento jurídico de la norma. La administración pretende amparar todo el protocolo en el articulo 6.3 del Real Decreto 67/2026, que regula la gestión de la incapacidad temporal en la Guardia Civil. AUGC considera que esa habilitación es insuficiente por tres razones, respaldadas por jurisprudencia constitucional:

  • La STC 83/1984 establece que las remisiones reglamentarias solo son validas si restringen la potestad normativa a un complemento indispensable de la ley, sin permitir una regulación independiente. El art. 6.3 del RD 67/2026 no define el concepto de grave riesgo, ni los supuestos de hecho, ni el catalogo de medidas, ni las garantías: delega todo en la orden ministerial.

  • La STC 42/1987 añado que es igualmente inconstitucional la habilitación legal “vacía de todo contenido material propio”. No hace falta que no haya ley: basta con que la ley no diga nada relevante. Y eso es exactamente lo que ocurre aquí.

  • La STC 99/1987 cierra el argumento trasladando esa doctrina al ámbito estatutario de los funcionarios (art. 103.3 CE): las restricciones al estatuto profesional son materia de ley orgánica, no de real decreto ni de orden ministerial. Retirar el armamento, limitar la conducción o bloquear el acceso a bases de datos son restricciones estatutarias de primer orden.

AUGC advierte: si la norma prospera en estos términos, AUGC estudiará su impugnación ante la jurisdicción contencioso-administrativa. La administración estará invirtiendo tiempo, recursos y sesiones del Consejo en un texto que no superara ese control.

 LO QUE PASA CUANDO LA NORMA SE APLICA

El protocolo vigente lleva años aplicándose y AUGC conoce bien sus patologías. La motivación de los escritos de notificación es, de manera sistemática, una copia del articulado sin explicar nada concreto: “lo que consta en el apartado correspondiente”. Eso es lo que recibe el afectado. Eso es todo.

AUGC ha documentado además un caso de retirada de armamento claramente instrumentalizada: un mando que propuso la medida contra un compañero que había presentado reclamaciones contra él. Todos los presentes negaron haber visto el comportamiento que justificaba la medida. Se recurrió, se ganó. Pero el daño ya estaba hecho.

La retirada de la tarjeta de identidad profesional, que la administración incluye entre las medidas, también genera un problema practico de coherencia: un guardia civil de uniforme puede actuar sin TIC. Si el objetivo es que no se identifique como tal, habría que retirarle también el uniforme. La medida tal como esta concebida no tiene sentido operativo y si tiene el efecto de ser percibida como una sanción por el propio afectado y por sus compañeros, lo que desincentiva precisamente las comunicaciones de terceros que el protocolo quiere fomentar.

 UN DIAGNOSTICO COMPARTIDO CON MATICES DISTINTOS

 AUGC no estuvo sola en sus criticas, aunque si fue la mas sistemática. El resto de asociaciones profesionales presentes en el grupo de trabajo compartieron buena parte del diagnostico sobre las carencias del texto, aunque con un enfoque mas centrado en los detalles del articulado que en el fondo jurídico.

La coincidencia mas amplia se produjo en torno al rechazo a la clausula residual del articulo 8, que permite al jefe de unidad adoptar medidas no previstas en la norma. Ninguna asociación la defendió. También hubo acuerdo generalizado en que el plazo de 10 días hábiles para ratificar o levantar las medidas es excesivo cuando se esta hablando de situaciones de riesgo, y en que la baja por motivos de salud mental como detonante automático de la retirada del arma puede disuadir a los guardias de buscar ayuda a tiempo.

Hubo consenso entre preacticamente todas las asociaciones en que el Anexo 3 de guía de conductas, si bien puede ser útil como herramienta orientativa, no debería figurar en la norma: su inclusión crea una obligación implícita de actuación para los jefes de unidad que puede derivar en responsabilidad civil si no actúan ante conductas listadas.

La propuesta de sacarlo de la norma y publicarlo como guía del Servicio de Psicología fue compartida por varias representaciones.

“Ninguna asociación defendió la clausula residual que permite al mando adoptar medidas no previstas. Ninguna.”


LA POSICIÓN DE AUGC

AUGC remitirá alegaciones formales en el plazo concedido por la administración en relación a lo siguiente:

  • Que la norma cuente con habilitación de rango legal suficiente (con reserva de los elementos esenciales en la propia ley orgánica).

  • Que la atención psicológica proactiva e inmediata se configure como medida principal, evitando que sea un complemento tardío de la retirada de medios.

  • Que los plazos para ratificar o levantar las medidas se reduzcan drásticamente (no puede aceptarse una semana larga de espera en situaciones que se califican como urgentes).

  • Que la motivación de las notificaciones sea real, concreta y suficiente para garantizar el derecho de defensa del afectado.

  • Que el Anexo 3 salga de la norma y se publique como guía técnica del Servicio de Psicología.

  • Que la cláusula residual del artículo 8.4 sea suprimida.

  • La administración tiene previsto llevar los textos a la comisión de normativa para su paso por el pleno del Consejo de septiembre de 2026. AUGC estará ahí, con las alegaciones en la mano y con el compromiso de impugnar judicialmente si la norma no corrige sus defectos de fondo.