Con fecha 08-05-2026, el Capitán, manda a todas las Unidades un escrito el que se dice:
Al personal que preste su consentimiento para ser incluido en dicha bolsa mensual se le informará de que, para su gestión, se creará un grupo en la aplicación IMBOX con la denominación “Retribuidos XXX-2026” (donde XXX corresponde al mes en cuestión), en el que se incluirá a todo el personal voluntario para la realización de los llamados “retribuidos” y que servirá para gestionar los servicios de ésta clase que se pudieran ir generando. Asimismo, al personal voluntario se le indicará que, deberá darse de alta en la citada aplicación utilizando su correo electrónico corporativo, y que para ello debe solicitarlo a ésta Compañía, a través de su Unidad y en el formato establecido para ello.
También se debe informar a todo el personal de esta Compañía que ésta será la única forma de solicitar la inclusión en la bolsa de “retribuidos”.
Esta obligación vulnera de plano la Instrucción de la Dirección General: de 6 de mayo de 2026, de la Dirección Adjunta Operativa de la Guardia Civil, por la que se establecen normas para el uso de la herramienta de mensajería instantánea corporativa, donde se deja claro que:
El contenido de las mismas responde a que no existe base legal para obligar a los miembros de la Guardia Civil a instalar una aplicación en sus dispositivos no oficiales, del mismo modo que no existe base legal para impedir dicha práctica.
No se podrá obligar a ningún componente de la unidad a formar parte de un grupo de mensajería instantánea haciendo uso de su teléfono particular. En el caso de que haya que hacer alguna comunicación a personal que no haga uso de un grupo de IMBOX se hará vía llamada a su teléfono de contacto obligatorio.
Para esta Asociación y para los Guardias Civiles de la Compañía de Aracena, está claro que se les está obligando a instalar esa aplicación de forma obligatoria cuando es la única forma de pedir estos servicios retribuidos y esto es contrario a la norma.
Ademas no se le ha informado a los guardias de esta instrucción que establece de forma muy clara que datos se pueden enviar, cuando tiempo se pueden tener en el movil particular y una cantidad de condicionantes que puede hacer que aquellos que lo hagan de forma voluntaria en sus móviles estos datos puedan ver la luz y los problemas por esta vulneración de la seguridad, acarrea consecuencias graves.
Por este motivo se pide a la Directora que actúe para que no se obligue a los guardias civiles a la instalación de esa aplicación y se anule el escrito emitido a las Unidades por el Capitán.
Esta es la cuarto escrito que le remitimos a la Directora General sobre cuestiones relacionadas con esa Compañía sin que se haya actuado en ningún sentido, por lo que los problemas en la misma siguen en aumento.