Los servicios jurídicos de AUGC han decidido, una vez finalizado el procedimiento administrativo, donde la resolución dictada como todos sabréis fue el de desestimar la solicitud realizada por la que se solicitaba “acuerde y declare la nulidad de las Instrucciones impartidas por la Jefatura de la Agrupación de Tráfico sobre el Resumen mensual de Actividades Individuales (RAI) y subsidiariamente se procediera a informa a esta parte sobre la concurrencia de causa de abstención, a tenor de los datos fácticos y argumentos jurídicos, dados en el escrito inicial de esta parte y en el propio cuerpo de este recurso de alzada. Por ser todo ello de hacer así, en Justicia a la cual aspira, en.....”. Viendo que el sentido de la JUSTICIA de la DGGC, es diametralmente opuesto al que nosotros aspiramos, pasamos a la fase Contenciosa administrativa, donde volveremos a pedir justicia, esperando esta vez que el TSJ de Madrid, donde se interpondrá el contencioso, tenga un sentido de la justicia diferente y dicte resolución estimatoria del mismo.
Noticias
EL RAI AL CONTENCIOSO
Noticias | Administración AUGC
EL RAI AL CONTENCIOSO