Las Asociaciones profesionales representativas AUGC, UO, ASES, JUCIL, APC, AEGC e IGC coordinadas en Unidad de Acción ante el Grupo de Trabajo ‘Normativa de Destinos’, elaboramos una encuesta ante la modificación del Reglamento. Pulsa aquí para acceder a ella.

Queremos conocer tu opinión acerca de los nuevos derechos preferentes, regulados en el artículo 50 de la normativa de destinos. Actualmente se dispone de los siguientes:

  • Preferente por disolución o reducción de unidades para ocupar vacantes de provisión por antigüedad o concurso de méritos en la misma provincia.
  • Preferente por adaptación orgánica y no muestre su voluntariedad cuando sea preceptiva en unidades de la misma provincia.
  • Personal que cese en su destino por superar los tiempos máximos que se establezcan.
  • Personal con al menos, tres años ininterrumpidos en la misma o en diferentes unidades ubicadas en el País Vasco, Navarra o Gar.
  • Personal con al menos 5 años ininterrumpidos en diferentes unidades de la ARS.
  • Personal que cesara en su destino por haber agotado su plazo de reserva del artículo 61.1 o por pérdida de aptitud psicofísica para el destino que ocupa o cese por declaración de limitaciones incompatibles por razones de insuficiencia de condiciones psicofísicas en acto de servicio, o cumplir la edad máxima exigida para determinados destinos para vacantes de antigüedad en Unidades de su provincia
  • Preferente para guardia civil con hijos menores de 12 años o con grado discapacidad igual o superior al 33% para vacantes de provisión de antigüedad para unidades de la provincia de destino del cónyuge guardia civil, cuando sea distinta de la del solicitante.
  • Es un asunto de gran relevancia, por lo que sería preciso conocer las impresiones del mayor número de componentes para hacer propuestas. La Administración aporta:

    • Derecho preferente para la UEI –como para la ARS–.
    • Derecho preferente para el personal en Baleares con al menos 5 años ininterrumpidos.  (Como en País Vasco, Navarra o Gar durante tres años).
    • Derecho preferente para el personal con al menos 5 años en Unidades en Zonas Demográficamente Desfavorecidas.