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INFORMACIÓN SOBRE EL GRUPO DE TRABAJO JORNADA LABORAL
Noticias | Administración AUGC
Estimados compañeros y compañeras,
Os adjuntamos informe de la pasada reunión del día 16 de marzo.
En cuanto a la aplicación de turnos, en principio lo que podemos adelantar es que desde Dirección Adjunta Operativa se han impartido instrucciones, para que a partir del próximo día 1 de abril, con carácter general, las Unidades de Seguridad Ciudadana presten sus servicios sobre la base diseñada de Núcleos Operativos. Del mismo modo, que en el ámbito de las Zonas de Cataluña y del País Vasco, así como de las Comandancias de Ceuta y Melilla, dadas sus especiales características de despliegue y competencias, que las correspondientes Unidades de Seguridad Ciudadana adopten la articulación de los servicios del modo que sus mandos estimen como más eficiente.
Seguiremos informando,
REUNIÓN GRUPO DE TRABAJO MODIFICACIÓN ÓRDEN GENERAL DE VACACIONES, Y APLICACIÓN DE LA ORDEN GENERAL DE JORNADA LABORAL.
A las 11,00 horas del día 16 de marzo de 2011, se ha producido una nueva reunión del grupo de trabajo sobre modificación OG vacaciones, licencias y permisos y aplicación jornada laboral (sistema de turnos) en la sede de la DGGC, en Guzmán El Bueno.
Comparecen representantes de la Administración, así como representantes de la Asociaciones Profesionales Representativas. Por parte de AUGC, asisten los miembros de la Junta Directiva Nacional, Manuel Moya y Manuel Hoya.
Interviene primeramente el Coronel coordinador del encuentro, situando las cuestiones que se habían generado en la anterior reunión en relación al borrador de modificación de la Orden General de vacaciones, permisos y licencias:
1.- Turnos de vacaciones estivales: los periodos quedarían comprendidos en las tres quincenas que van de junio a julio, de julio a agosto y de agosto a septiembre.
2.- Posibilidad de unir los asuntos particulares a los permisos de Semana Santa y Navidad: En principio y según el Coronel, desaparece del borrador, ante la negativa del representante de ASESGC que se mostraba en contra. Cuestión rebatida por AUGC, en el sentido de que porque una única Asociación manifestara su posición en contra no debería ser determinante. Se genera un debate, y la sensación es de que no sabemos si se incluirá o no dicha cuestión. AUGC ha manifestado por escrito su conformidad a dicho cambio normativo "...siempre que ello no suponga la imposibilidad de añadir los descansos semanales a los turnos de dichos permisos de Semana Santa y Navidad, tal y como hasta la fecha se venía efectuando en la gran mayoría de Unidades."
3.- Se modifica el punto 1 de la norma vigesimosexta de la OG 4/2010, de jornada y horario, para que las reducciones de jornada contempladas en la normativa del Estatuto Básico del Empleado Público (art. 48.1, apartados i, h, g y f y art. 49.d, párrafo segundo y 49.e), por medio de la cual serán concedidas en los casos, condiciones y duración análogos a los que se establecen para el personal al servicios de la Administración General del Estado. Es decir, sin necesidad de reglamentación interna. Recoge una petición efectuada por AUGC en la anterior reunión del Grupo de Trabajo.
4.- Cuestión novedosa fue la introducción de un nuevo punto en cuanto a la norma decimocuarta de la OG de vacaciones, para la petición de los días de asuntos particulares. Por parte de la DGGC se expuso la necesidad de ampliar el plazo de petición de ese permiso, pasando de las 72 horas actuales a las 92 horas y ampliar asimismo el plazo de resolución de la petición de 24 horas a 72 horas siguientes a la solicitud, todo ello a fin de salvaguardar la conciliación laboral y familiar de los mando facultados para su concesión. Se genera una nueva confrontación de posiciones, donde AUGC se opuso al considerar la modificación como una ampliación que podría ir en contra del sentido de la petición de días de asuntos particulares como es la inmediatez tanto en su solicitud como en su disfrute. Finalmente se barajó la posibilidad como situación intermedia de ampliar al menos el plazo de resolución a 48 horas, dejando el plazo de las 72 horas para su petición inalterado.
5.- Se incorpora en la normativa un nuevo permiso, Por cuidado de hijo menor afectado por cáncer y otra enfermedad grave, y que sería exactamente igual al que viene recogido en el estatuto de la función pública, sin ninguna limitación.
6.- Restricción de vacaciones y permisos en la Agrupación: En otra cuestión de gran calado, como ha sido la entrada en vigor de la Instrucción dada por el General Jefe de la Agrupación de Tráfico por la que se produce una restricción drástica del derechos de los Guardias Civiles destinados en la Unidades de Tráfico, en cuanto a las vacaciones y permisos, AUGC expresó su más enérgico rechazo a la misma, al convertir a dichos compañeros en esclavos de la carretera, y por ir dirigida única y exclusivamente a las escalas básica y de suboficiales. AUGC se reserva el derecho de poner en práctica todas las acciones posibles para revertir una situación a todas luces deplorable y conculcadora de un derecho constitucional como es el derecho a disfrutar de vacaciones anuales.
Tras esta primera parte se pasó a debatir sobre la Jornada laboral y la implantación de los turnos:
Sitúa la cuestión el representante de la DGGC, y posteriormente da la palabra a otro miembro de la DGGC, el cual volvió a exponer como se ha intentado llevar a cabo el proceso de implantación de los turnos: informes unidades monitorizadas, reuniones de mandos, procedimientos SIGO, reuniones con encargados de elaborar grandes cuadrantes en Unidades con mucho personal, etc.
Vuelve a incidir sobre los turnos 4J-2L para pequeñas unidades y Núcleos Operativos, y el 5J-3L para Unidades que pudieran trabajar autónomamente.
Finalmente manifiesta que tras las quejas y oposiciones de las asociaciones, así como el malestar detectado se iba a retomar el sistema y ver las posibles modificaciones que se podrían aplicar. Queda por tanto en suspenso la aplicación en Abril de los citados turnos.
Asimismo se trató someramente el turno propuesto por la Asociación UGC, 2-3-2, del cual se plantearon algunas dudas al respecto como que no se llegaba a las horas al no incluirse los días de asuntos propios ni periodos de semana santa y navidad, la posibilidad de utilizar los servicios de refuerzo en fines de semana, que era un cuadrante muy rígido en su cadencia, etc.
Por parte de AUGC se trasladó primeramente el total y absoluto rechazo a la implantación de cualquiera de los sistemas propuestos por la DGGC, tanto el 4J-2L como el 5J-3L, puesto que los mismos no garantizan ni siquiera una mínima compatibilización de la conciliación laboral y familiar, no garantizan el descanso en fines de semana, y no compensan la especial penosidad y peligrosidad de tal sistema de trabajo.
AUGC expresa y pone sobre la mesa las ideas que según nuestra opinión deberían quedar asumidas para poder apoyar la implantación de un sistema de turnos:
1.- No simplificación de los sistemas de turnos, pues cada unidad es diferente.
2.- No defendemos un turno concreto, sino medidas básicas de conciliación de vida familiar y laboral.
3.- Aplicar un criterio de flexibilidad, y en las Unidades donde el personal esté de acuerdo con el sistema que actualmente ejecute, no sea obligada a cambiarlo.
4.- Puesto que existen varias modalidades de sistema de turnos que lo permiten, aplicar en los mismos el descanso semanal en fin de semana de forma alterna: Grupos que descansan el primer fin de semana, trabajan el siguiente, descansan el tercero, y así sucesivamente. Por parte de AUGC se presentaron varios modelos que cumplen dicho requisito.
Duración mínima de los servicios de ocho horas como mínimo, puesto que no afecta a las horas reales de prestación del servicio y produce un mayor disfrute de tiempo de descanso acumulado al personal que lo realiza.
5.- Previsión anticipada tanto del turno como del horario del mismo, cuestión que es posible establecer en como mínimo seis semanas, de acuerdo a los modelos de turnos aportados tanto por AUGC como por UGC.
6.- Compensación por modificación de los servicios a realizar, tal y como se encuentra establecido en la normativa vigente.
7.- Implantación de un único cuadrante y varias modalidades de turnos a elegir, en los Núcleos Operativos que se establezcan.
8.- Compensación horaria al personal que trabaja a turnos, que vendría dada por la implantación de los sistemas de turnos propuestos por AUGC, en los cuales se realizarían 200 horas por cada seis semanas de servicio.
9.- Señalar asimismo que AUGC deja patente la necesidad de que tanto los mandos de Unidad como el personal de investigación deben tener derecho a conciliar la vida familiar y personal, y por lo tanto se han de implementar los sistemas necesarios para que tal conciliación se produzca sin demora.
18 de marzo, de 2011,
JUNTA DIRECTIVA NACIONAL.-