Tras la propuesta realizada ante el Consejo de la Guardia Civil, la Agrupación no aconseja el uso de chaquetones de motorista con airbag alegando lo siguiente: "Primero.- Confort La utilización del chaleco Air-Bag solo puede utilizarse como prenda exterior del equipo, no pudiendo por tanto, llevarse bajo ninguna prenda. Es por lo que como el Air-Bag no protege de la lluvia ni el frío y para evitar limitaciones de movilidad del usuario, para usar el chaleco Air-Bag sobre el impermeable es necesario una talla mayor de la utilizada normalmente y dos más sobre el chaquetón de invierno. En cuanto a la comodidad y ante los posibles movimientos durante la prestación del servicio tanto motorizado como en estacionamiento, es un elemento que los entorpece en mayor o menor medida, además de restar transpiración al ser totalmente impermeable. Segundo.- Seguridad El sistema de activación del Air Bag no está "maduro" tecnológicamente hablando, no existiendo hasta la fecha en ninguna de sus variantes, estudios serios que aseguren que las activaciones existentes hasta el momento sean seguras tanto para el caso de la oportunidad de la activación como las activaciones indeseadas. Tampoco están claras, a diferencia de lo que ocurre en los vehículos turismo, las configuraciones que deben activar el sistema (mapa de activación), debido a la diversidad de los impactos que puede sufrir el motorista. Tercero.- Protección No están suficientemente estudiadas las consideraciones biomecánicas, por ejemplo el ·hit air· es demasiado elástico según algunos técnicos, produciendo en algunos casos efecto pelota y devolviendo la energía al no absorberla. Tampoco se saben las consecuencias de llevar una bombona rígida que se puede incrustar en el cuerpo ante un accidente. Además, está bombona de aproximadamente 600bares, presenta un problema de manipulación (al estar fuera de un vehículo), es decir, es tener un tanque a altísima presión por cualquier lugar, con los riesgos que pudiera conllevar." Además, el Servicio de Prevención tras solicitar información de organismos acreditados sobre la idoneidad de los chalecos, participa que: 1) El air-bag para vehículos de dos ruedas es un elemento que está en continuo estudio y desarrollo y que en la actualidad no se encuentra estandarizado en este tipo de vehículos. El desarrollo futuro de los air-bags en las motos pasará necesariamente por la realización de ensayos que consideren todas las tipologías posibles de accidentes, sin olvidar que el tipo de air-bag "chaleco inflamable" es un campo de investigación que aún está por desarrollar y que parece muy prometedor. - La efectividad de este tipo de protección no ha sido demostrada, si bien se continúa investigando en este sentido. - Las investigaciones realizadas al respecto revelan que los air-bags aplicados a los motociclistas pueden resultar muy eficaces en determinados tipos de impacto, no obstante este dispositivo puede provocar lesiones adicionales en la nuca debido a la "interacción" airbag-casco. - Es esencial que cualquier tipo de ensayo que se realice esté basado en pruebas de ensayo aprobadas internacionalmente (ISO) para evitar resultados contradictorios. 2) Que hasta la fecha de confección del presente informe, analizada la información aportada por la Agrupación de Tráfico, así como de otros Organismos de prestigio, no se han encontrado estudios serios y debidamente homologados como para concluir de forma positiva sobre la efectividad del chaleco air-bag. 3) A la vista de todo lo expuesto, se propone las siguientes medidas: - Que cuando de las investigaciones realizadas por los Organismos competentes, se extraiga la conclusión de la efectividad del mencionado chaleco air-bar, a se posible, se estudie la viabilidad de la utilización del mencionado equipo de trabajo entre los Guardias Civiles que presten su servicio en vehículos de 2 ruedas. - Que entre tanto, se deberán tener en cuenta las medidas preventivas establecidas en el Manual de Prevención de Riesgos en Seguridad Ciudadana y el Manual de Riesgos de Tráfico, ambos editados por el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales de la Guardia Civil., especialmente en lo referente a la conducción y actividades con vehículo de dos ruedas. - Aparte de lo mencionado anteriormente, también se pueden proponer algunas de las recomendaciones genéricas que los organismos públicos y privados dan respecto a la conducción de vehículos para los conductores: ■ Evitar la velocidad excesiva o inadecuada. ■ Utilizar sistemas de autoprotección tales como cinturón o casco, según el tipo de vehículo. ■ No conducir, siempre que sea posible, con stress, depresión, fatiga, cansancio, sueño o enfermedad. 4) No obstante lo anterior, se recuerda que con arreglo al art. 12 del Real Decreto 179/2005, de 18 de febrero sobre prevención de riesgos laborales en la Guardia Civil, preceptúa que el personal deberá velar, según sus posibilidades y mediante el cumplimiento de las medidas de prevención que en cada caso sean adoptadas, por su propia segundad y salud en el desempeño de sus funciones y por la de aquellas otras personas a las que pueda afectar su actividad profesional, a causa de sus actos y omisiones, de conformidad con su formación y las instrucciones recibidas. En particular, deberán: a. Usar adecuadamente, de acuerdo con su naturaleza y los riesgos previsibles, las máquinas, aparatos, herramientas, sustancias peligrosas, equipos y, en general, cualesquiera otros medios con los que desarrollen su actividad. b. Utilizar correctamente los medios y equipos de protección individual o colectiva facilitados, de acuerdo con las instrucciones recibidas, así como los dispositivos de seguridad existentes o que se instalen en los medios relacionados con su actividad o en los lugares donde ésta tenga lugar. c. Informar de inmediato, por conducto regular, al personal designado para realizar actividades de protección y de prevención, acerca de cualquier situación que, por motivos razonables, pueda suponer un riesgo para la seguridad la salud. d. Contribuir al cumplimiento de las obligaciones establecidas por los mandos competentes para proteger la seguridad y la salud, y prestar su leal cooperación para garantizar unas condiciones seguras en la prestación del servicio.